Consejo de Ministros
Dicha modificación tiene una doble finalidad. Por una parte, como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley de medidas fiscales para la sostenibilidad energética de 2012, se atribuyen a la Subdirección General de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior las funciones relacionadas con los tres nuevos impuestos establecidos en la misma: el impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, el impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica y el impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas.
Por otra, en el ámbito de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales se lleva a cabo una reasignación de funciones que se ajustan más a sus competencias. Así, se asigna a la Subdirección General de Estudios y Financiación de Entidades Locales funciones de captación, tratamiento y difusión de datos económico-financieros de las Entidades Locales y de evacuación de consultas en relación con el régimen presupuestario y financiero de las entidades locales.
El Real Decreto aprobado hoy no supone incremento alguno de gasto público.
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