Precios públicos de los servicios sanitarios prestados por el Servicio Canario de la Salud y se fijan sus cuantías

 07/09/2026
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Resolución de 14 de agosto de 2026, del Director, que actualiza la cuantía de los precios públicos previstos en el Decreto 81/2009, de 16 de junio, por el que se establecen los precios públicos de los servicios sanitarios prestados por el Servicio Canario de la Salud y se fijan sus cuantías (BOC de 4 de septiembre de 2026). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 14 DE AGOSTO DE 2026, DEL DIRECTOR, QUE ACTUALIZA LA CUANTÍA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS PREVISTOS EN EL DECRETO 81/2009, DE 16 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS PRECIOS PÚBLICOS DE LOS SERVICIOS SANITARIOS PRESTADOS POR EL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD Y SE FIJAN SUS CUANTÍAS

Por Decreto 81/2009, de 16 de junio, se establecieron los precios públicos de los servicios sanitarios prestados por el Servicio Canario de la Salud, fijándose sus cuantías. Dicho Decreto ha experimentado modificaciones con posterioridad a partir de sucesivas Órdenes y Resoluciones, añadiendo prestaciones adicionales y actualizando sus precios de acuerdo con los distintos criterios aplicables para su cálculo contemplados en la normativa vigente.

El citado Decreto 81/2009 se estructura en dos anexos:

Anexo I. Se establecen y aprueban los precios públicos comunes de los servicios sanitarios prestados en los centros dependientes del Servicio Canario de la Salud.

Según lo dispuesto para las tasas de ámbito autonómico en el artículo 68 de la Ley 9/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026, tales precios se incrementarán igualmente en un 1 por ciento.

Anexo II. Se establecen los precios negociados mediante Convenios sucesivos entre el Servicio Canario de la Salud, la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, UNESPA, y el Consorcio de Compensación de Seguros.

En esta ocasión se actualizan los precios contenidos en el Convenio Asistencial suscrito para el periodo 2026-2029, quedando el Convenio de Emergencias sin variación.

Por lo expuesto, vista la propuesta del Director General de Recursos Económicos del Servicio Canario de la Salud de 25 de marzo de 2026, y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 218 y 224 del Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias,

RESUELVO:

Primero.- Actualizar las cuantías de los precios públicos de las prestaciones recogidas en el Anexo I de la presente Resolución, en el que se plasman las nuevas cuantías del Anexo I del Decreto 81/2009, de 16 de junio, aplicando a los precios un incremento general del 1 por ciento.

Segundo.- Actualizar las cuantías de los precios públicos de las prestaciones recogidas en el Anexo II de la presente Resolución, en el que se plasman las nuevas cuantías del Anexo II del Decreto 81/2009, de 16 de junio, añadiendo los nuevos precios negociados en el Convenio de asistencia sanitaria pública derivada de accidentes de tráfico para el periodo 2026-2029, quedando el Convenio de Emergencias sin variación.

Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, que surtirá efectos desde el día de su publicación, sin perjuicio de que los precios objeto de actualización señalados del Anexo II sean de aplicación desde el 1 de enero de 2026, de acuerdo con lo estipulado en el Convenio suscrito.

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