ORDEN 72/2026, DE 13 DE MAYO, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 152/2025, DE 20 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A SALAS DE EXHIBICIÓN CINEMATOGRÁFICA DE CASTILLA-LA MANCHA.
Con fecha 27 de octubre de 2025, se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden 152/2025, de 20 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a salas de exhibición cinematográfica de Castilla-La Mancha (DOCM n.º 207, de 27/10/2025).
Con el objetivo de ejecutar eficazmente el crédito procedente del Ministerio de Cultura destinado a estas ayudas para el año 2026, se hacer preciso modificar la tabla de la base sexta apartado 1 a fin de distribuir la nueva cuantía según los criterios de reparto dispuestos en dicha base.
Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 108/2023, de 25 de julio , por el que se establece la estructura orgánica y distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, y en el artículo 23.2.c) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden 152/2025, de 20 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a salas de exhibición cinematográfica de Castilla-La Mancha.
La tabla del apartado 1 de la base sexta de la Orden 152/2025, de 20 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a salas de exhibición cinematográfica de Castilla-La Mancha, queda modificada como sigue:
Tablas omitidas.
Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.