Subvenciones destinadas a la ejecución de actuaciones para minimizar las pérdidas de agua en ayuntamientos y entidades locales menores

 20/05/2026
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Extracto de la Resolución de 4 de mayo de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la ejecución de actuaciones para minimizar las pérdidas de agua en ayuntamientos y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciadas en un 70 % por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2026 con carácter plurianual (código de procedimiento AU301E) (DOG de 18 de mayo de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 4 DE MAYO DE 2026 POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES PARA MINIMIZAR LAS PÉRDIDAS DE AGUA EN AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA, COFINANCIADAS EN UN 70 % POR LA UNIÓN EUROPEA A TRAVÉS DEL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER) EN EL MARCO DEL PROGRAMA GALICIA FEDER 2021-2027, Y SE PROCEDE A SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2026 CON CARÁCTER PLURIANUAL (CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO AU301E).

BDNS (Identif.): 905016.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/905016

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones los ayuntamientos que tengan una población total inferior a 20.000 habitantes y las entidades locales menores, y que sean responsables de sistemas de abastecimiento.

En el caso concreto de las entidades locales menores podrán tener la condición de entidades beneficiarias siempre que sean titulares de la red de abastecimiento sobre la que se pretenda actuar o tengan delegadas las competencias municipales en materia de abastecimiento.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la ejecución de actuaciones que permitan minimizar las pérdidas de agua en ayuntamientos con una población inferior a 20.000 habitantes y en entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Galicia, y convocar estas subvenciones para el año 2026 con carácter plurianual (2026-2027) (código de procedimiento AU301E).

Tercero. Bases reguladoras

Se publica conjuntamente este extracto con la Resolución de 4 de mayo de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la ejecución de actuaciones para minimizar las pérdidas de agua en ayuntamientos y en entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciadas en un 70 % por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2026 con carácter plurianual (código de procedimiento AU301E).

Cuarto. Importe

Las subvenciones reguladas al amparo de esta resolución se financiarán con cargo a la cuenta financiera 6566 (subvenciones de capital a corporaciones locales) de la entidad pública empresarial Augas de Galicia, por un importe de dos millones quinientos treinta y un mil doscientos ochenta y seis euros con sesenta y seis céntimos (2.531.286,66 €) y serán cofinanciadas en un 70 % por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027.

El importe de la subvención será del 100 % del gasto subvencionable, excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA), con el límite máximo de cuarenta y cinco mil euros (45.000,00 €) por solicitud, hasta el agotamiento del crédito.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 9.00 horas del día 27 de mayo de 2026 y finalizará a las 14.00 horas del día 29 de junio de 2026.

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