RESOLUCIÓN 28/2026, DE 29 DE ABRIL, DE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS CON AGRUPACIONES DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL EN EL ÁMBITO DE PROTECCIÓN CIVIL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA PARA EL AÑO 2026 (EXTRACTO).
BDNS: 902786
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/902786).
Primero. Objeto.
Aprobación para el año 2026 de la convocatoria para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos con agrupaciones de voluntarios de Protección Civil en el ámbito de protección civil de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Segundo. Bases reguladoras.
Orden SPS/51/2025, de 2 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a Ayuntamientos con agrupaciones de voluntarios de Protección Civil en el ámbito de protección civil de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y modificada por la Orden SPS/9/2026, de 19 de marzo.
Tercero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de esta línea de subvenciones los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de La Rioja que cuenten con agrupación municipal de voluntarios de Protección Civil, de conformidad con el artículo 2 de la Orden SPS/51/2025, de 2 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a Ayuntamientos con agrupaciones de voluntarios de Protección Civil en el ámbito de protección civil de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que remitan en plazo la necesaria solicitud de subvención, y demás documentación necesaria, y que justifiquen oportunamente la subvención que se haya concedido.
Cuarto. Cuantía.
La financiación de estas ayudas contará con un presupuesto total máximo de 33.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 2026/06.02.01.1311.461.01 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2026, aprobados mediante Ley 8/2025, de 29 de diciembre , de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2026. Los gastos de las actividades subvencionadas que reúnan los requisitos exigidos contarán con un importe máximo por subvención concedida de 5.000 euros por solicitud.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo máximo para la presentación de solicitudes será de un mes computado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto. Otros datos de interés.
a. Convocatoria. El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25726.
b. Solicitudes. Se presentarán de forma electrónica a través de la página web del Gobierno de La Rioja https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25726 mediante la cumplimentación del anexo I puesto a disposición en la misma dirección.
c. Los anexos de esta convocatoria se puede descargar en la siguiente dirección:
https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25726
d. Procedimiento de concesión. Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden SPS/51/2025, de 2 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a Ayuntamientos con agrupaciones de voluntarios de Protección Civil en el ámbito de protección civil de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
La publicación de este extracto tiene por objeto hacer efectiva la convocatoria para la concesión de las subvenciones, en los términos de la Resolución extractada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 20.8.a) y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.