DECRETO 38/2026, DE 8 DE MAYO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 27/2026, DE 4 DE MAYO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, QUE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.
Por Decreto de 3 de mayo de 2026, del Presidente del Gobierno de Aragón, se establece una nueva organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se asignan las competencias a sus Departamentos y se adscriben sus organismos públicos. Esa nueva organización administrativa al inicio de la XII Legislatura exige una reordenación de la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma que se ajuste a la nueva organización departamental que ha sido establecida mediante el Decreto 27/2026, de 4 de mayo , del Gobierno de Aragón, que desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
En el marco de la referida reordenación de la estructura básica y, con objeto de alcanzar una mayor eficacia en los objetivos de la acción de Gobierno vinculados a la coordinación institucional y a las relaciones con otras Instituciones de la Comunidad, es preciso realizar determinadas modificaciones en la estructura orgánica básica aprobada por Decreto 27/2026, de 4 de mayo .
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión de 8 de mayo de 2026,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Decreto 27/2026, de 4 de mayo , del Gobierno de Aragón, que desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón
Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 2 que queda redactado en los siguientes términos:
"1. Departamento de Desregulación, Bienestar Social y Familia.
Secretaría General Técnica.
Dirección General de Desregulación.
Dirección General de Coordinación Institucional.
Dirección General de Familia, Infancia y Natalidad.
Dirección General de Mayores.
Dirección General de Ayudas Sociales."
Dos. En el apartado 2 del artículo 2, la Dirección General de Relaciones Institucionales pasa a denominarse Dirección General de Relaciones con las Cortes.
Disposición adicional única. Modificaciones presupuestarias
Por el Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública se realizarán las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para la efectividad de este Decreto.
Disposición derogatoria única. Cláusula derogatoria
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto.
Disposición final primera. Habilitación de desarrollo
El Gobierno de Aragón, a iniciativa de cada Consejero, y a propuesta del Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública, aprobará mediante Decreto las modificaciones de las estructuras orgánicas de los Departamentos afectados por la presente disposición, así como las redistribuciones de competencias entre los distintos órganos administrativos.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".