Condiciones de trabajo del personal de la Ertzaintza

 11/05/2026
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Decreto 54/2026, de 21 de abril, de modificación del Decreto por el que se aprueba el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal de la Ertzaintza para los años 2025 a 2028 (BOPV de 8 de mayo de 2026). Texto completo.

DECRETO 54/2026, DE 21 DE ABRIL, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL ACUERDO REGULADOR DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LA ERTZAINTZA PARA LOS AÑOS 2025 A 2028.

Mediante el Decreto 148/2025, de 15 de julio , se aprobó el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal de la Ertzaintza para los años 2025 a 2028.

El presente Decreto modifica el apartado 8 del artículo 71, a fin de adecuar el número de entrenamientos planificados retribuidos de la sección de drones de la Unidad de Vigilancia y Rescate a la realidad y necesidad de formación coordinada con medios sofisticados.

Asimismo, se lleva a cabo una modificación con el fin de fomentar el uso de autopista como medidas de seguridad en los desplazamientos y de movilidad sostenible; es decir, para fomentar una movilidad más racional, sostenible y segura del personal de la Ertzaintza hacia sus centros de trabajo, incentivando el uso compartido de vehículos.

En su virtud, a propuesta del consejero de Seguridad, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 21 de abril de 2026,

DISPONGO:

Artículo primero.- Modificación del artículo 71 , apartado 8 , del Decreto 148/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal de la Ertzaintza para los años 2025 a 2028.

El apartado 8 del artículo 71 queda redactado en los siguientes términos:

“8.- Con aplicación desde el 1 de enero de 2025, el personal perteneciente a las escalas básica y de inspección que desempeñe un puesto de trabajo en la Unidad de Vigilancia y Rescate:

En la sección de Helicópteros, por la realización de cada uno de los 25 entrenamientos evaluados, que tendrá planificados anualmente, percibirá 80 euros.

En las Secciones de Medio Acuático, de Montaña y de Drones, percibirá 80 euros por la realización de cada uno de los 37 entrenamientos evaluados, que tendrá planificados anualmente.”

Artículo segundo.- Adición de un Anexo VII al Decreto 148/2025, de 15 de julio , por el que se aprueba el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal de la Ertzaintza para los años 2025 a 2028.

Se adiciona un Anexo VII, que queda redactado en los siguientes términos:

“Con efectos desde 2 de agosto de 2025, una de cada cuatro jornadas en que se produzca la asistencia al trabajo en turno planificado, se compensará el importe del gasto de peaje de autopista correspondiente a un viaje de ida y vuelta, a aquel personal que para el desplazamiento al centro de trabajo utilice el mencionado tipo de vía. El importe de la indemnización, que habrá de ser acreditado debidamente, será por la cuantía más baja que sea posible, en atención a las posibilidades que ofrezca la empresa gestora.”

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

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