Subvención directa por razones de interés público a la Federación Aragonesa de Municipios, Comarcas y Provincias para la financiación del Plan de formación del año 2026

 11/05/2026
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Extracto de la Orden HAP/656/2026, de 5 de mayo, por la que se concede una subvención directa por razones de interés público a la Federación Aragonesa de Municipios, Comarcas y Provincias para la financiación del Plan de formación del año 2026, promovido por ella y dirigido al personal de la Administración Local, al amparo del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (BOA de 8 de mayo de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN HAP/656/2026, DE 5 DE MAYO, POR LA QUE SE CONCEDE UNA SUBVENCIÓN DIRECTA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO A LA FEDERACIÓN ARAGONESA DE MUNICIPIOS, COMARCAS Y PROVINCIAS PARA LA FINANCIACIÓN DEL PLAN DE FORMACIÓN DEL AÑO 2026, PROMOVIDO POR ELLA Y DIRIGIDO AL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL, AL AMPARO DEL ACUERDO DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

BDNS(Identif.): 901297.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/901297

Primero.- Beneficiaria.

Federación Aragonesa de Municipios, Comarcas y Provincias (FAMCP).

Segundo.- Objeto.

Esta Orden tiene por objeto conceder a la Federación Aragonesa de Municipios, Comarcas y Provincias (en adelante, FAMCP), en régimen de concesión directa, una subvención destinada a la financiación del Plan de Formación para el Empleo del año 2026, promovido directamente por ella misma y dirigido al personal de las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, estén o no integradas en ella, de conformidad con el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (en adelante, AFEDAP), y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 16.6.c) y 31 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo (en adelante TRLSA ), que permiten la concesión directa de subvenciones, con carácter excepcional, cuando concurran razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

Tercero.- Cuantía.

La cuantía máxima de la subvención para el año 2026 es de trescientos treinta y cinco mil euros (335.000,00 €), a imputar con rgo a la aplilicación 12060 G/1231/480392/39040 del presupuesto del Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública, y se encuentra subordinada a laransferencia del crédito por parte del Instituto Nacional de A Administración Pública, a la disponibilidad presupuestaria, y a su incremento o descenso si procediese, y en ningún caso podrá superar el importe señalado o el que pueda corresponder si se produce una variación, según se determina en el artículo 14 de la Ley 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio de 2024, prorrogado hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2026.

Cuarto.- Plazo de presentación de solicitudes.

La FAMCP promoverá de forma directa el Plan de Formación para el Empleo para 2026 dirigido al personal de Administración Local en Aragón. El procedimiento de presentación y seguimiento del Plan, así como la tramitación de la subvención es telemático y se encuentra disponible en el Portal FEDAP-ARAGON ( https://fedap-aragon.inap.es/

https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-financiar-planes-formacion-personal-entidades-locales-aragon

Quinto.- Otros datos.

La FAMCP está integrada por municipios, comarcas y provincias de Aragón que, voluntariamente, así lo decidan para la representación de los mismos ante la Administración de la Comunidad Autónoma en aquellas competencias reconocidas por el Estatuto de Autonomía. Tiene personalidad jurídica propia para el desarrollo de las funciones que le son inherentes, gozando de plena capacidad de obrar para suscribir convenios y contraer compromisos u obligaciones, figurando entre sus fines la representación, fomento y defensa de las entidades locales, la promoción de las competencias locales y cualquier otro fin que afecte o incida directamente en sus asociados.

En este sentido, la FAMCP puede promover un Plan de Formación destinado al personal de todas las entidades locales de Aragón, estén asociadas o no.

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