EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 24 DE ABRIL DE 2026 POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA Y EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE PLANES DE FORMACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES DE GALICIA PARA EL AÑO 2026, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PR780A).
BDNS (Identif.): 903270.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/903270
Primero. Objeto y régimen de concesión de las subvenciones
Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y efectuar la convocatoria de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación para el empleo promovidos por las entidades locales y federaciones o asociaciones de entidades locales de Galicia para el año 2026, en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas (AFEDAP), las cuales se tramitarán con el código de procedimiento PR780A.
Segundo. Entidades beneficiarias
Podrán ser entidades beneficiarias de la línea en régimen de concurrencia competitiva de las subvenciones convocadas los ayuntamientos, las diputaciones provinciales y demás entidades locales reconocidas en el artículo 2 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, reguladora de la Administración local de Galicia, que promuevan planes de formación para el personal empleado público, de carácter unitario o agrupado, dentro del ámbito del AFEDAP.
De conformidad con lo establecido en el artículo 6, segundo párrafo, del AFEDAP, solo podrán ser beneficiarias de la línea en régimen de concurrencia no competitiva de las subvenciones convocadas las asociaciones o federaciones de entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia legítimamente constituidas al amparo de lo previsto en el artículo 120 y siguientes de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.
No podrán obtener la condición de beneficiarias de estas subvenciones aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias o prohibiciones indicadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, como en los puntos 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La acreditación de que las entidades no están incursas en las prohibiciones o circunstancias relacionadas en dichos artículos se realizará mediante declaración responsable, a través de los anexos I, IV y VI, según corresponda.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras que regirán la concesión de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación de las entidades locales de Galicia para el año 2026, en el marco del AFEDAP, están contenidas en la resolución de convocatoria.
Cuarto. Cuantías y crédito presupuestario
La asignación para las subvenciones objeto de esta convocatoria para el ejercicio 2026 se establece en 756.659,23 euros.
El importe se distribuye de la siguiente manera:
Tabla omitida.
Podrá ampliarse la cuantía máxima de los créditos disponibles para esta convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, que comenzará a computar transcurridos cinco (5) días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia. En caso de que el día de inicio del plazo sea inhábil, el plazo comenzará el día hábil siguiente, a las 9.00 horas, y finalizará a las 20.00 horas del día en que se cumpla el plazo de un mes.