Subvenciones para proyectos formativos y de sensibilización juvenil

 29/04/2026
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Extracto de la Orden 858/2026, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a municipios, otras entidades locales y organismos y entidades públicas locales de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal para 2026. Proyectos formativos y de sensibilización juvenil (BOCM de 27 de abril de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN 858/2026, DE LA CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A MUNICIPIOS, OTRAS ENTIDADES LOCALES Y ORGANISMOS Y ENTIDADES PÚBLICAS LOCALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS PARA JÓVENES EN EL MARCO DE LA ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL Y LA EDUCACIÓN NO FORMAL PARA 2026. PROYECTOS FORMATIVOS Y DE SENSIBILIZACIÓN JUVENIL.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www. https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index ):

BDNS: 897906

Primero

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones:

a) Los municipios, mancomunidades, agrupaciones de municipios y demás entidades locales de la Comunidad de Madrid.

b) Los organismos o las entidades públicas con personalidad jurídica propia dependientes de los municipios anteriores que tengan asumidas competencias en materia de juventud.

Segundo

Objeto y finalidad

1. El objeto de la presente convocatoria es la concesión, con cargo al ejercicio económico 2026, de subvenciones para proyectos formativos y de sensibilización juvenil.

2. Con la concesión de estas subvenciones se pretende fomentar el desarrollo de procesos formativos, trabajos de investigación o estudio en áreas de contenidos de la animación sociocultural y el tiempo libre educativo de los jóvenes, así como el fomento de la participación en el municipio e intercambio entre los jóvenes.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 1388/2024, de 23 de abril, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a municipios, otras entidades locales y organismos y entidades públicas locales de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 111, de 10 de mayo de 2024, modificada por la Orden 1099/2025, de 5 de mayo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.

Cuarto

Crédito

El crédito máximo para 2026 destinado a la presente convocatoria asciende a 550.000 euros. El crédito fijado para la línea de proyectos formativos y de sensibilización juvenil es de 275.000 euros, sin perjuicio de su incremento de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la convocatoria. Las subvenciones que se concedan al amparo de la misma se imputarán al subconcepto 46309 del Programa 232A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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