Subvenciones para el ejercicio 2026 destinadas a la financiación de los gastos de equipación y los seguros de los voluntarios y las voluntarias que pertenecen a las agrupaciones locales de voluntarios y voluntarias de protección civil

 10/04/2026
 Compartir: 

Extracto de la Resolución de 27 de marzo de 2026, de la Presidencia, por la cual se convocan las subvenciones para el ejercicio 2026 destinadas a la financiación de los gastos de equipación y los seguros de los voluntarios y las voluntarias que pertenecen a las agrupaciones locales de voluntarios y voluntarias de protección civil y a las asociaciones o entidades colaboradoras en esta materia (DOGV de 9 de abril de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 27 DE MARZO DE 2026, DE LA PRESIDENCIA, POR LA CUAL SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES PARA EL EJERCICIO 2026 DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE LOS GASTOS DE EQUIPACIÓN Y LOS SEGUROS DE LOS VOLUNTARIOS Y LAS VOLUNTARIAS QUE PERTENECEN A LAS AGRUPACIONES LOCALES DE VOLUNTARIOS Y VOLUNTARIAS DE PROTECCIÓN CIVIL Y A LAS ASOCIACIONES O ENTIDADES COLABORADORAS EN ESTA MATERIA.

BDNS (identif.): 897175.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/897175).

Primero. Beneficiarios

Los ayuntamientos que dispongan de agrupación local de voluntarios de protección civil y las asociaciones o entidades colaboradoras en esta materia que estén inscritas en el Registro de los Servicios de Voluntariado de Protección Civil de la Comunitat Valenciana.

Los beneficiarios de las subvenciones tendrán que reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Segundo. Finalidad

Convocar, para el ejercicio 2026, las subvenciones para financiar los gastos de equipamiento y seguros reguladas por el Decreto 11/2017, de 30 de junio, del president de la Generalitat.

Tercero. Bases reguladoras

Decreto 11/2017, de 30 de junio, del president de la Generalitat, por el que se establecen y aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a la financiación de los gastos de equipamiento y los seguros de voluntarios pertenecientes a las agrupaciones locales de voluntarios de protección civil, asociaciones o entidades colaboradoras en esta materia:

http://www.dogv.gva.es/datos/2017/07/28/pdf/2017_6974.pdf.

Cuarto. Importe

La Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias financiará las subvenciones con cargo a las siguientes líneas presupuestarias prorrogadas para el ejercicio 2026, pertenecientes al capítulo IV, de la aplicación presupuestaria G0128.107.221B00, del subprograma de emergencias protección civil y extinción de incendios S0445 Equipamiento para agrupaciones y asociaciones de voluntarios de protección civil, por importe de 496.100,04 €, y S0233 Seguros de personal voluntario de protección civil, por importe de 116.632,69 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Sexto. Otros datos

La cuantía máxima de cada subvención que se conceda será de 7.500,00 € para el equipamiento para las agrupaciones y asociaciones de voluntarios de protección civil y de 1.200,00 € para los seguros de personal voluntario de protección civil. En ningún caso, las subvenciones concedidas para cada concepto podrán ser de tal cuantía que supere el coste del material adquirido y del coste del seguro.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  3. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  7. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  8. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  9. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana