ORDEN ARP/54/2026, DE 30 DE MARZO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN ACC/106/2024, DE 10 DE MAYO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS COMPLEMENTARIAS DE LAS AYUDAS AL CONTROL DE RENDIMIENTO LECHERO
La Orden ACC/106/2024, de 10 de mayo, aprobó las bases reguladoras complementarias de las ayudas al control de rendimiento lechero (DOGC núm. 9163, de 15.5.2024).
La Orden ARP/80/2025, de 26 de mayo, por la que se modifica la Orden ACC/106/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras complementarias de las ayudas al control de rendimiento lechero, modificó los apartados 4.3 y la letra d del apartado 7.1 del anexo 1.
Estas ayudas se enmarcan en el Real decreto 663/2023, de 18 de julio , por el que se regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies vacuna, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control del rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia agraria (BOE núm. 172, de 20.7.2023). Asimismo, estas ayudas se presupuestan desde el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Estas ayudas se articulan en dicha normativa sobre la base del concepto de “lactación para la territorialización”, que es aquella lactación cuya información de producción y, en su caso, de composición, ha sido incorporada por primera vez durante el año tomado como referencia en la evaluación genética de los animales prevista en el programa de cría aprobado oficialmente para la raza en cuestión. Esta lactación debe haberse calculado a partir de los datos obtenidos del control de rendimiento lechero de una hembra inscrita en el libro genealógico de una raza reconocida en el Catálogo oficial de razas de ganado de España.
En bases reguladoras anteriores de estas ayudas, la territorialización de fondos y el pago de la ayuda se había realizado a partir del criterio de “lactación finalizada y válida”, definida como la lactación calculada a partir del conjunto de datos normalizados obtenidos del control lechero oficial de una hembra inscrita en el libro genealógico por un período de tiempo continuo desprendido del parto, y la información será válida para incorporar en el esquema de selección.
Para la convocatoria del año 2024 se publicaron las bases de la ayuda en Cataluña teniendo en cuenta que, a petición del sector, el pago de la subvención se haría sobre la base de las lactaciones finalizadas y válidas, independientemente de que la territorialización de fondos asignados por parte del Ministerio se hiciera a partir del criterio de lactaciones para la territorialización. Por este motivo, la cuantía de la ayuda estaba definida para dicha convocatoria aplicando el criterio de lactación finalizada y válida para el cálculo de los importes de la ayuda.
En cuanto a la convocatoria correspondiente a 2025, el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación consideró necesario modificar el criterio para el cálculo de la ayuda, en el sentido de que se tuviera en cuenta el criterio de la lactación para la territorialización, ya que la gestión se facilita considerablemente aplicando el mismo criterio tanto para la territorialización de fondos como para el cálculo del importe subvencionable, lo que supone una modificación mínima de las bases.
Por este motivo, fue procedente la modificación de la Orden ACC/106/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras complementarias de las ayudas al control de rendimiento lechero, en el sentido explicado anteriormente, efectuada por la Orden ARP/80/2025, de 26 de mayo.
Quedaba, sin embargo, adaptar el requerimiento de determinada documentación justificativa al nuevo criterio para el cálculo de la ayuda sobre la base de la lactación para la territorialización.
Estas bases reguladoras se integran en el Plan estratégico de subvenciones 2025-2028 del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación mediante la línea de ayudas con código PES25-28_ARP0052.
En consecuencia, valorada la conveniencia de apoyar a las explotaciones agrarias en estos ámbitos mediante una ayuda económica, de acuerdo con el artículo 92 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre , a propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadería y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
Ordeno:
Artículo único. Modificar el apartado 15.2.2 del anexo 1 de la Orden ACC/106/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras complementarias de las ayudas al control de rendimiento lechero (DOGC núm. 9163, de 15.5.2024).
Se modifican las letras d y e del apartado 15.2.2 del anexo 1 de la Orden ACC/106/2024, de 10 de mayo, que pasan a tener la siguiente redacción:
“d) Certificado emitido por la entidad reconocida oficialmente para gestionar el libro genealógico de la raza sometida a control, en que se especifique el número total de lactaciones para la territorialización de hembras en control.”
“e) Relación de las lactaciones para la territorialización.”
Disposición final
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).