RESOLUCIÓN DE 17 DE MARZO DE 2026, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL Y ECONOMÍA CIRCULAR, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN INTEGRAL DE INSPECCIÓN EN MATERIA DE CALIDAD AMBIENTAL DE ANDALUCÍA PARA EL PERIODO 2026-2031(PIDIA 2026-2031).
El Plan Integral de Inspección Ambiental en materia de calidad ambiental-PIDIA (2020-2025) fue aprobado por la Resolución de 30 de abril de 2020, de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático. Dicho plan unificó las diferentes planificaciones en materia de inspección ambiental aprobadas con anterioridad y que eran competencia de la citada Dirección General, es decir, el Plan de Inspección Ambiental a las instalaciones comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2002, de 1 de julio , en Andalucía (2015-2017), el cual fue prorrogado en el año 2018 por un periodo de dos años (Periodo 2017-2019); el Plan de Inspección de Traslados Transfronterizos de Residuos en la Comunidad Autónoma de Andalucía (PITTRA). Período 2017-2019; y los Planes Sectoriales de Inspecciones Medioambientales, también de periodicidad anual, dando cumplimiento a su vez a las obligaciones impuestas por la normativa comunitaria, estatal y autonómica en cuanto al deber de los organismos competentes en materia de inspección de elaborar planes de inspección. A su vez, aplicaba buenas prácticas en la planificación que permitirían una mejor gestión de medios materiales, personales y técnicos de que se disponían.
Este plan ha estado vigente en Andalucía en el periodo 2020-2025 y ha constituido el documento marco de carácter plurianual mediante el cual se ha configurado y ordenado la inspección en materia de calidad ambiental en Andalucía. El plan recogía el conjunto de objetivos y actuaciones que se han estado desarrollando por esta Administración en el mencionado sexenio, con el fin de garantizar el cumplimiento de la legislación ambiental y la consecución de una elevada protección del medio ambiente y la salud de las personas en esta comunidad autónoma.
El PIDIA (2020-2025) se ha aplicado a instalaciones, actuaciones, actividades y entidades sometidas a autorizaciones, procedimientos ambientales, comunicaciones y a los demás requisitos exigidos por la normativa de calidad ambiental, cuya competencia en materia de vigilancia e inspección corresponde a la Consejería competente en materia de medio ambiente.
En el año 2025 ha finalizado la vigencia del PIDIA (2020-2025), por tanto, se hace necesario elaborar y aprobar una nueva planificación de la inspección ambiental en Andalucía. Para la elaboración se ha realizado un análisis y seguimiento del mismo a través de los Programas integrales anuales del periodo de vigencia 2020-2025, que ha permitido comprobar la ejecución de las medidas o lineas de actuación previstas a través de los distintos indicadores definidos en los programas anuales de inspección. Esto ha dado a conocer los progresos realizados y detectar oportunidades de mejora. Por otra parte, se han producido algunas modificaciones legales posteriores a su aprobación, que es necesario incorporar al marco normativo del nuevo PIDIA. Teniendo en cuenta lo anterior, y siguiendo la senda iniciada el año 2020, es necesario aprobar un nuevo plan integral de la inspección ambiental plurianual que facilitará y garantizará el cumplimiento efectivo del derecho ambiental y, a su vez, el reforzamiento de los medios de inspección que incluyan los principios de Administración innovadora, proactiva y eficiente. Además pretende consagrar un modelo de cooperación y coordinación eficaz con todas las Administraciones involucradas en la inspección ambiental, sin dejar de lado la cualificación y las competencias profesionales del personal que se dedique a la inspección ambiental, además de seguir avanzando en la transformación digital cuyos trabajos se iniciaron en el plan anterior.
El plan se estructura en tres planes de inspección y un plan de mejora continua, dedicado al reforzamiento del sistema de inspección ambiental existente y al establecimiento de canales de colaboración y cooperación con todas las entidades y organismos que intervienen en el proceso de inspección. La implementación del plan se realizará anualmente mediante los programas integrales de inspección, cuyo contenido y estructura se detalla en el mismo.
De acuerdo con lo expuesto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 128 y 130.5 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, de conformidad con el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; y el artículo 9 , apartado d) del Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente,
RESUELVO
Primero. Aprobar el Plan Integral de Inspección en materia de calidad ambiental de Andalucía para el periodo 2026-2031 (PIDIA 2026-2031), que figura como anexo único a la presente resolución.
Segundo. Adoptar las siguientes medidas de publicidad y transparencia necesarias para la difusión pública del Plan Integral de Inspección en materia de calidad ambiental de Andalucía para el periodo 2026-2031 (PIDIA 2026-2031):
1. Remisión de la presente resolución al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su publicación y conocimiento general.
2. Permitir el acceso al texto íntegro del Plan Integral de Inspección en materia de calidad ambiental de Andalucía para el periodo 2026-2031 (PIDIA 2026-2031) a través del Portal de la Junta de Andalucía, sitio web oficial de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/sostenibilidadymedioambiente.html
3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, publicar el Plan Integral de Inspección en materia de calidad ambiental de Andalucía para el periodo 2026-2031 (PIDIA 2026-2031), sus revisiones e informes de seguimiento en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía (www.juntadeandalucia.es/transparencia).
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular o ante la persona titular de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en los artículos 114.1 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas y en los artículos 112 y 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.