Estrategia de Investigación e Innovación en Salud

 01/04/2026
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Acuerdo de 25 de marzo de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Estrategia de Investigación e Innovación en Salud de Andalucía 2026-2027 (EIISA 2026-2027) (BOJA de 31 de marzo de 2026). Texto completo.

ACUERDO DE 25 DE MARZO DE 2026, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA LA ESTRATEGIA DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN EN SALUD DE ANDALUCÍA 2026-2027 (EIISA 2026-2027).

La Constitución Española reconoce , en el artículo 43, el derecho a la protección de la salud y establece que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.

El artículo 55.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la competencia exclusiva sobre la investigación con fines terapéuticos, sin perjuicio de la coordinación general del Estado sobre esta materia. Por otra parte, su artículo 54, dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de investigación científica y técnica, la competencia exclusiva con relación a los centros y estructuras de investigación de la Junta de Andalucía y a los proyectos financiados por esta, que incluye entre otros, el establecimiento de líneas propias de investigación y el seguimiento, control y evaluación de los proyectos.

El Decreto 168/2025, de 5 de noviembre , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias, atribuye a dicha Consejería, en su artículo 1.d), la ejecución de las directrices y los criterios generales de la política de salud, planificación, asistencia sanitaria, consumo, atención temprana, asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones territoriales en el ámbito sanitario, alta dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios sanitarios y aquellas otras competencias que le estén atribuidas por la legislación vigente. Por otra parte, en su artículo 9, asigna a la Secretaría General de Investigación, Innovación y Salud Digital, entre otras competencias, la de definición de las líneas prioritarias de investigación, desarrollo e innovación en materia de salud, la aplicación y la promoción de la transferencia de tecnología en este sector, así como la compra pública innovadora en materia de salud, así como el diseño y coordinación de una estrategia de excelencia en materia de salud pública, investigación, desarrollo e innovación en salud.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 2/1998, de 15 de junio , de Salud de Andalucía, la Consejería competente en materia de salud tiene la responsabilidad de definir las políticas sanitarias, asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de la ciudadanía en la Comunidad Autónoma de Andalucía, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación y de utilización eficaz y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos.

En el ejercicio de estas funciones y como reflejo de la apuesta del gobierno andaluz por la excelencia, por la transferencia de resultados al sector productivo y por la investigación orientada a la mejora de resultados en salud y la consolidación de la investigación e innovación como línea de producción en el Sistema Sanitario Pública de Andalucía (SSPA), la entonces Consejería de Salud y Familias aprobó la Estrategia de Investigación e Innovación en Salud en Andalucía 2020-2023, de la cual tomó conocimiento el Consejo de Gobierno mediante Acuerdo de 14 de julio de 2020. La citada Estrategia ha demostrado su capacidad de mejorar la I+D+i en Andalucía.

Estando cercana la expiración del plazo de vigencia de la Estrategia de Investigación e Innovación en Salud en Andalucía 2020-2023, la entonces Consejería de Salud y Consumo, con el objetivo de continuar y avanzar con la senda marcada por dicha Estrategia, se marcó como objetivo el elaborar una nueva Estrategia de Investigación e Innovación en Salud del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

Así pues, mediante Acuerdo de 7 de noviembre de 2023, del Consejo de Gobierno, se aprobó la formulación de la Estrategia de Investigación e Innovación en Salud del Sistema Sanitario Público de Andalucía 2024-2027.

Durante el procedimiento de elaboración de la misma su denominación ha sufrido modificaciones debido, en primer lugar, a su necesaria alineación con las normas y estrategias de reciente formulación o aprobación como el Proyecto de Ley para el Avance de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, la Estrategia de I+D+I de Andalucía (EIDIA) Horizonte 2027, la Estrategia de Salud de Andalucía 2030, entre otros. Igualmente ha sido necesario mantener la coherencia con el Horizonte Europa 2027 y la prevención de solapamientos con la futura estrategia post 2027, alineada con el nuevo marco UE 2028-2034. En segundo lugar, se detectó la necesidad de elevar su estatus al rango de estrategia autonómica de referencia, mejorar la coherencia con la estrategia precedente, la visibilidad y el atractivo estratégico y su alienación con el uso predominante en otros documentos de planificación estratégica de la Comunidad Autónoma. En virtud de ello se ha terminado denominando Estrategia de Investigación e Innovación en Salud de Andalucía 2026-2027, en adelante EIISA 2026-2027.

En cumplimiento de lo establecido en el apartado cuarto de la parte dispositiva del Acuerdo de 7 de noviembre de 2023, el proceso de elaboración de la EIISA 2026-2027 ha seguido los siguientes pasos:

La entonces Consejería de Salud y Consumo elaboró una propuesta inicial de la misma, constituyendo para ello diez grupos de trabajo temáticos y las estructuras de dirección y gestión.

Ha sido sometida al trámite de audiencia e información pública, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, siendo publicada en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía, así como en la página web de la Consejería competente en materia de salud.

Por último, se han solicitado todos los informes preceptivos.

Una vez valoradas todas las aportaciones recibidas, se realizó una propuesta final, trasladándose a la persona titular de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias a fin de que la eleve al Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva mediante acuerdo.

La EIISA 2026-2027 aspira a consolidar a Andalucía como referente nacional e internacional en investigación e innovación en salud, con un SSPA líder en la generación de conocimiento de vanguardia, la adopción de terapias y tecnologías emergentes, y la formación y atracción de talento investigador de excelencia.

Su visión es la de un SSPA que integra plenamente la investigación y la innovación en su funcionamiento, convirtiéndolas en motor de transformación.

Su misión es impulsar, coordinar y consolidar un ecosistema de investigación e innovación en el SSPA que genere conocimiento científico, tecnológico y organizativo de excelencia, y que garantice su traslación efectiva a la práctica clínica y a la sociedad. De este modo, se busca mejorar la salud y la calidad de vida de la ciudadanía andaluza, promover un SSPA más sostenible y competitivo, y contribuir al desarrollo socioeconómico de Andalucía en el marco nacional e internacional.

Para ello la EIISA 2026-2027 se fundamenta en los siguientes valores: Excelencia científica y técnica, impacto en la ciudadanía y en el SSPA, responsabilidad social y ética, colaboración y trabajo en red, transparencia y rendición de cuentas, innovación y sostenibilidad e internacionalización.

La EIISA se estructura en cuatro ejes estratégicos, doce objetivos y cuarenta y una líneas de actuación:

1. Eje 1. Promoción.

Tiene como misión mejorar la cultura, capacidades, generación y traslación de conocimiento del SSPA, mediante un sistema de I+i responsable.

Dicho eje tiene los siguientes objetivos:

a) Mejorar el reconocimiento y la priorización en torno a la investigación e innovación dentro del SSPA.

b) Mejorar las infraestructuras y plataformas de apoyo a la investigación, así como la calidad y oferta de servicios de I+i a la comunidad investigadora del SSPA.

c) Incentivar el desarrollo de la investigación clínica en los centros sanitarios del SSPA, bajo criterios de integridad científica e igualdad.

d) Potenciar la I+i en Salud Pública.

e) Potenciar y mejorar la I+i en el ámbito de Atención Primaria.

f) Desarrollar las capacidades y liderazgo en la I+i en el ámbito de Enfermería.

2. Eje 2. Innovación.

Tiene como misión impulsar la transformación del SSPA mediante nuevos programas de innovación en áreas de especialización inteligente.

Dicho eje tiene los siguientes objetivos:

a) Aumentar y mejorar el uso de datos de salud para el desarrollo de investigación e innovación.

b) Impulsar la generación e incorporación al Servicio Andaluz de Salud de iniciativas innovadoras que den respuesta a las áreas de máximo interés y necesidad para el SAS

c) Continuar con el desarrollo de la investigación e innovación en Medicina Personalizada de Precisión (MPP) y en Terapias Avanzadas.

3. Eje 3. Recursos humanos.

Tiene como misión aumentar el capital humano investigador de excelencia en el SSPA.

Dicho eje tiene como objetivo desarrollar la carrera investigadora y mejora de las condiciones y opciones de estabilización para el personal científico, promoviendo la igualdad de género y minorando las barreras limitantes que existan para su desarrollo.

4. Eje 4. Captación de recursos, alianzas e internacionalización.

Tiene como misión incrementar la captación de recursos para la I+i y alianzas, mejorando la sostenibilidad y competitividad del modelo actual.

Dicho eje tiene los siguientes objetivos:

a) Aumentar la captación y gestión de fondos para I+i, regionales, nacionales e internacionales, así como en la mejora de la coordinación entre los diferentes actores involucrados.

b) Promover e implementar la innovación y la Compra Pública de Innovación dentro del SSPA.

Por último, la EIISA 2026-2027 propone un modelo de gobernanza que asegure la coordinación interinstitucional, la participación de las personas clave y el seguimiento riguroso de los objetivos definidos.

Por tanto, la EIISA 2026-2027 constituirá el principal instrumento de planificación de la investigación e innovación en salud de la Comunidad Autónoma y el compromiso del gobierno andaluz de potenciar el desarrollo de la investigación y de la innovación en salud, que finalmente incidirá sobre el paciente, y a su vez contribuir al desarrollo general de la investigación e innovación de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.12 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Sanidad, Presidencia y Emergencias, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de marzo de 2026, se adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Aprobación.

Se aprueba la Estrategia de Investigación e Innovación en Salud de Andalucía 2026-2027, en adelante EIISA 2026-2027.

Segundo. Publicidad y transparencia.

El texto de la EIISA 2026-2027 estará disponible:

1. En el Portal de la Consejería competente en materia de salud de la Junta de Andalucía, en la sección de Planes Integrales, a la que se puede acceder a través del siguiente enlace:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/sanidadpresidenciayemergencias/areas/sanidad/investigacion-conocimiento/idi/paginas/estrategia-idi.html

2. En la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/planificacion-evaluacion-estadistica/planes/detalle/648961.html

Tercero. Vigencia.

1. El ámbito temporal de la EIISA 2026-2027, comprenderá desde 2026 a 2027.

2. Cumplida la vigencia prevista, la EIISA 2026-2027 puede ser objeto de prórroga en tanto no se produzca la aprobación de una nueva EIISA.

Cuarto. Disponibilidad de créditos.

El desarrollo de la EIISA 2026-2027 y la programación temporal de sus actuaciones estarán limitadas por las disponibilidades presupuestarias existentes.

Quinto. Desarrollo y ejecución.

Se faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de salud para establecer las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Sexto. Efectos.

El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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