Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas

 30/03/2026
 Compartir: 

Orden Foral 18/2026, de 12 de marzo, de la consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, por la que se modifica la Orden Foral 184/2024, de 6 de junio, de la consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, por la que se desarrolla la estructura de dicho departamento y de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, a nivel de negociados y unidades inferiores a sección (BON de 27 de marzo de 2026). Texto completo.

ORDEN FORAL 18/2026, DE 12 DE MARZO, DE LA CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES, ECONOMÍA SOCIAL Y EMPLEO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 184/2024, DE 6 DE JUNIO, DE LA CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES, ECONOMÍA SOCIAL Y EMPLEO, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA DE DICHO DEPARTAMENTO Y DE LA AGENCIA NAVARRA DE AUTONOMÍA Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS, A NIVEL DE NEGOCIADOS Y UNIDADES INFERIORES A SECCIÓN.

Mediante Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2023, de 17 de agosto , se estableció la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y mediante Decreto Foral 71/2023, de 30 de agosto , se estableció la estructura básica del Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo.

A su vez, mediante Decreto Foral 251/2023, de 15 de noviembre , se estableció la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, y mediante Decreto Foral 60/2024, de 5 de junio , se aprobaron los Estatutos de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas.

En dichos decretos forales se regulan, entre otras cuestiones, la estructura orgánica tanto del propio Departamento como del citado organismo autónomo hasta el nivel de sección.

Posteriormente se aprobó la Orden Foral 184/2024, de 6 de junio , de la consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, por la que se desarrolla la estructura de dicho departamento y de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, a nivel de negociados y unidades inferiores a sección.

Mediante Decreto Foral 20/2026, de 11 marzo, se ha modificado el Decreto Foral 60/2024, de 5 de junio , por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, en lo que respecta a la estructura de la Subdirección de Infancia, Adolescencia y Familia, modificando dos de las secciones que la integran.

Procede ahora, por lo tanto, adaptar a estos cambios la estructura de la citada subdirección a nivel de negociados, de modo que éstos asuman las competencias funcionales que se establecen en dicho decreto para las nuevas secciones.

Del mismo modo, en el ámbito de la Subdirección de Valoración y Servicios, se considera oportuno realizar una reorganización de estructura y funciones, de modo que se suprime el Negociado de Centros de Personas con Discapacidad y se crea el Negociado de Gestión en Valoración, que pasa a depender del Centro de Valoración.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 24.4 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo único. Modificación de la Orden Foral 184/2024, de 6 de junio , de la consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, por la que se desarrolla la estructura de dicho Departamento y de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, a nivel de negociados y unidades inferiores a sección.

Uno.-Se modifica el apartado 1 del artículo 5 que queda redactado como sigue:

1. La Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas se estructura en los siguientes Negociados:

Dependiendo de la Subdirección de Valoración y Servicios:

-Negociado de Gestión en Valoración.

-Negociado de Gestión y Control de Deuda.

-Negociado de Programas Individuales de Atención.

Dependiendo de la Subdirección de Gestión y Recursos:

-Negociado de Coordinación con Entidades.

-Negociado de Gestión de Personal de Centros.

-Negociado de Suministros.

-Negociado de Supervisión y Control de Concertación.

Dependiendo de la Subdirección de Infancia, Adolescencia y Familia:

-Negociado de Familia.

-Negociado de Asuntos Administrativos.

-Negociado de Derechos de la Infancia y Adolescencia.

-Negociado de Gestión de la Intervención: Equipos Territoriales 1.

-Negociado de Gestión de la Intervención: Equipos Territoriales 2.

-Negociado de Planificación y Gestión de Planes y Servicios.

Dos.-Se modifica el artículo 16 que queda redactado como sigue:

Artículo 16. Negociado de Gestión en Valoración.

El Negociado de Gestión en Valoración se adscribe al Centro de Valoración y ejercerá las siguientes funciones:

a) Tramitación de los expedientes de valoración de dependencia, discapacidad, empleo y perros de asistencia.

b) Procedimientos de citas y propuestas de resolución de los expedientes a valorar en el Centro de Valoración.

c) Elaboración de las resoluciones.

d) Gestión y archivo de los expedientes propios de su área competencial.

e) Derivación de expedientes a la unidad encargada de elaboración de los Programas Individuales de Atención.

f) Formación sobre el procedimiento de solicitud de valoración.

g) Coordinación y emisión de informes con otras unidades gestoras del Departamento de Derechos sociales, Economía Social y Empleo.

h) Coordinación y emisión de informes con otras unidades gestoras de prestaciones relacionadas con la discapacidad y dependencia de otros departamentos: Hacienda, Vivienda, Entidades Locales, Instituto Nacional de la Seguridad Social.

i) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

Tres.-Se modifica el artículo 30 que queda redactado como sigue:

Artículo 30. Negociado de Gestión de la Intervención: Equipos Territoriales 1.

El Negociado de Gestión de la Intervención: Equipos Territoriales 1 queda adscrito a la Sección de Intervención en Situaciones de Desprotección.

El ámbito territorial de este negociado comprende tres áreas de servicios sociales, y ejercerá en el mismo las siguientes funciones:

a) Colaboración con los servicios sociales de atención primaria y otros servicios en el ámbito de la prevención, valoración y seguimiento de las situaciones de desprotección.

b) Asesoramiento en materia de protección a la Infancia y Adolescencia a todos los agentes intervinientes en la Comunidad Foral de Navarra.

c) Valoración diagnóstica o ratificación ante la situación de desprotección muy severa, a fin de determinar el grado de la misma y elaborar la propuesta de la medida de protección.

d) Valoración, supervisión y seguimiento de niños, niñas y adolescentes incluidos en los programas de preservación familiar derivados desde la sección.

e) Intervención de urgencia ante sospecha de situaciones de desprotección de gravedad muy severa.

f) Valoración de idoneidad, selección y promoción de la formación de familias acogedoras extensas. Seguimiento y apoyo a familias acogedoras y familias de adopción nacional.

g) Formalización de los acogimientos familiares y residenciales, en su caso, elaboración de las propuestas de adopción ante el Juzgado.

h) Diseño, seguimiento y evaluación de los Planes Individualizados de Protección establecidos para las niñas, niños y adolescentes bajo una medida de guarda administrativa.

i) Diseño, seguimiento y evaluación de programas de capacitación parental de las familias biológicas.

j) Realización del seguimiento post institucional de menores.

k) Tramitación de las prestaciones económicas recogidas en la Cartera de Servicios Sociales de ámbito general de Navarra, en el ámbito de la protección a la Infancia y Adolescencia.

l) Coordinación y colaboración con Juzgados, Fiscalía y cuerpos de seguridad.

m) Desarrollo de los procedimientos y documentos técnicos y administrativos que dan soporte a la acción del Negociado.

n) Gestión y archivo de los expedientes propios de su área competencial.

o) Mantenimiento y actualización de la base de datos sobre menores en protección, así como del Registro Unificado de Servicios Sociales (RUSSVI).

p) Coordinación con Fiscalía ante petición de información sobre personas menores inimputables.

q) Seguimiento de casos con adolescentes y jóvenes del sistema de protección con medidas judiciales.

r) Coordinación con otras CCAA para el traspaso de expedientes.

s) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

Por necesidades del servicio, a propuesta de la jefatura de la sección de Intervención en las Situaciones de Desprotección y con el visto bueno de la subdirección de Infancia, Adolescencia y Familia, se podrá modificar el ámbito territorial.

Cuatro.-Se modifica el artículo 31 que queda redactado como sigue:

Artículo 31. Negociado de Gestión de la Intervención: Equipos Territoriales 2.

El Negociado de Gestión de la Intervención: Equipos Territoriales 2 queda adscrito a la Sección de Intervención en Situaciones de Desprotección.

El ámbito territorial de este negociado comprende dos áreas de servicios sociales y la intervención con los niños niñas y adolescentes extranjeros no acompañados. Este negociado ejercerá las siguientes funciones:

a) Colaboración con los servicios sociales de atención primaria y otros servicios en el ámbito de la prevención, valoración y seguimiento de las situaciones de desprotección.

b) Asesoramiento en materia de protección a la Infancia y Adolescencia a todos los agentes intervinientes en la Comunidad Foral de Navarra.

c) Valoración diagnóstica o ratificación ante la situación de desprotección muy severa, a fin de determinar el grado de la misma y elaborar la propuesta de la medida de protección.

d) Valoración, supervisión y seguimiento de niños niñas y adolescentes incluidos en los programas de preservación familiar derivados desde la sección.

e) Intervención de urgencia ante sospecha de situaciones de desprotección de gravedad muy severa.

f) Valoración de idoneidad, selección y promoción de la formación de familias acogedoras extensas. Seguimiento y apoyo a familias acogedoras y familias de adopción nacional.

g) Formalización de los acogimientos familiares y residenciales, en su caso, elaboración de las propuestas de adopción ante el Juzgado.

h) Diseño, seguimiento y evaluación de los Planes Individualizados de Protección establecidos para las niñas, niños y adolescentes bajo una medida de guarda administrativa.

i) Diseño, seguimiento y evaluación de programas de capacitación parental de las familias biológicas.

j) Realización del seguimiento post institucional de menores.

k) Tramitación de las prestaciones económicas recogidas en la Cartera de Servicios Sociales de ámbito general de Navarra, en el ámbito de la protección a la Infancia y Adolescencia.

l) Coordinación y colaboración con Juzgados, Fiscalía y cuerpos de seguridad.

m) Desarrollo de los procedimientos y documentos técnicos y administrativos que dan soporte a la acción del Negociado.

n) Gestión y archivo de los expedientes propios de su área competencial.

o) Mantenimiento y actualización de la base de datos sobre menores en protección, así como del Registro Unificado de Servicios Sociales (RUSSVI).

p) Coordinación con Fiscalía ante petición de información sobre personas menores inimputables.

q) Seguimiento de casos con adolescentes y jóvenes del sistema de protección con medidas judiciales.

r) Coordinación con otras CCAA para el traspaso de expedientes.

s) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

Por necesidades del servicio, a propuesta de la jefatura de la sección de Intervención en las Situaciones de Desprotección y con el visto bueno de la subdirección de Infancia, Adolescencia y Familia, se podrá modificar el ámbito territorial.

Cinco.-Se modifica el artículo 32 que queda redactado como sigue:

Artículo 32. Negociado de Planificación y Gestión de Planes y Servicios.

El Negociado de Planificación y Gestión de Planes y Servicios queda adscrito a la Sección de Planificación y Gestión de Planes, Programas y Recursos y ejercerá las siguientes funciones:

a) Participación en equipos de trabajo técnicos de carácter departamental, interdepartamental e interinstitucional que se determinen respecto a la protección de la infancia y adolescencia.

b) Colaboración con otras entidades e instancias ante el requerimiento de información respecto al Sistema de Protección en Navarra. Participación en estudios e investigaciones.

c) Planificación y diseño técnico de los planes, programas y recursos del sistema.

d) Gestión, seguimiento y evaluación técnica de los planes, programas y recursos del sistema.

e) Diseño, supervisión y evaluación técnica de los contratos, conciertos o encargos correspondientes a su ámbito competencial.

f) Participación en actividades formativas relacionadas con su ámbito competencial.

g) Diseño y promoción de planes y programas de sensibilización, captación y de formación sobre el acogimiento y la adopción.

h) Supervisión técnica y evaluación de los conciertos de los programas de preservación y de gestión de la guarda.

i) Revisión y actualización de los modelos e instrumentos de intervención.

j) Tramitación de las prestaciones económicas recogidas en la Cartera de Servicios Sociales de ámbito general de Navarra, en el ámbito de la protección a la Infancia y Adolescencia.

k) Valoración de idoneidad, selección, información y promoción de la formación a familias acogedoras ajenas y familias adoptantes. Seguimiento de familias en adopción internacional.

l) Diseño, seguimiento y evaluación de programas de acompañamiento e intervención con niños, niñas y adolescentes en proceso migratorio no acompañados, promoviendo la corresponsabilidad interinstitucional.

m) Gestión y explotación de la base de datos sobre niños niñas y adolescentes con medidas de protección, así como del Registro Unificado de Servicios Sociales (RUSSVI) en su nivel competencial.

n) Seguimiento e impulso del cumplimiento y desarrollo de la Ley Foral 12/2022 de 11 de mayo , de atención y protección a niños, niñas y adolescentes y de promoción de sus familias, derechos e igualdad, en su ámbito competencial.

o) Seguimiento e impulso del cumplimiento y desarrollo de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio , de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, en su ámbito competencial.

p) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

Disposición adicional única.-Confirmación de nombramientos.

Se confirman, en las mismas condiciones en que se produjeron, los nombramientos de:

-La jefa del Negociado de Valoración de las Situaciones de Desprotección como jefa del Negociado de Gestión de la Intervención: Equipos Territoriales 1.

-La jefa del Negociado de Acogimiento Residencial como jefa del Negociado de Planificación y Gestión de Planes y Servicios.

-La jefa del Negociado de Acogimiento Familiar y Adopción como jefa del Negociado de Gestión de la Intervención: Equipos Territoriales 2.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Esta orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Últimos estudios

César Cierco Seira, Eduard-Valentin Pavel, Daniel Oliach Lesan y José Antonio Bonet Lledós
La borrosa frontera entre lo agrícola y lo forestal: el caso de las plantaciones truferas

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana