Puentes de Armiñán y Perchel

 20/03/2026
 Compartir: 

Acuerdo de 11 de marzo de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía las actuaciones en el río Guadalmedina a su paso por la ciudad de Málaga entre los puentes de Armiñán y Perchel (BOJA de 19 de marzo de 2026). Texto completo.

ACUERDO DE 11 DE MARZO DE 2026, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE DECLARAN DE INTERÉS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA LAS ACTUACIONES EN EL RÍO GUADALMEDINA A SU PASO POR LA CIUDAD DE MÁLAGA ENTRE LOS PUENTES DE ARMIÑÁN Y PERCHEL.

El río Guadalmedina es un elemento vertebrador de la ciudad de Málaga desde sus orígenes, y supone una discontinuidad a la trama urbana, por lo que no es extraño que se puedan encontrar numerosas referencias históricas y propuestas de actuación en el Guadalmedina a lo largo de los siglos con soluciones, la mayoría, realizadas tras inundaciones producidas en la ciudad. Si bien la construcción de la presa del Limonero ha evitado las catastróficas consecuencias de eventos tales como el sucedido en 1907, en el que la fuerza del agua derribó los puentes de la Aurora, Santo Domingo y el del ferrocarril, pereciendo 21 personas, dejando decenas de heridos y destrozando casas, comercios e industrias, se han producido desde entonces varios episodios de fuertes precipitaciones que han comprometido la capacidad hidráulica del actual cauce.

Cabe destacar el evento acontecido en noviembre de 1989, ya con la presa construida, en el que precipitaciones de 150 l/m² en 90 minutos provocaron una crecida que rozó el tablero de los puentes, causando 8 víctimas mortales y daños materiales incalculables. Del mismo modo, las intensas lluvias de noviembre de 2012 y diciembre de 2016 colapsaron el sistema de drenaje y evidenciaron la pérdida de capacidad de evacuación del cauce por sedimentación.

Más recientemente, en noviembre de 2024, el episodio de DANA sufrido en la ciudad de Málaga elevó el nivel del agua en el río hasta cotas comprometidas, confirmando que el riesgo de desbordamiento es una amenaza vigente y creciente con el cambio climático.

Asimismo, y como consecuencia de las borrascas acaecidas entre los meses de noviembre de 2025 y febrero de 2026 que han afectado a toda Andalucía, se ha producido un incremento significativo de las precipitaciones que, si bien no ha supuesto una situación de peligro extremo en Málaga, sí ha sido necesario extremar las precauciones debido al aumento del caudal del propio río Guadalmedina. Este incremento ha obligado a realizar un seguimiento continuo de la evolución hidrológica y a mantener activados protocolos preventivos, con el objetivo de garantizar la seguridad de la población y minimizar posibles incidencias.

Ante esta situación, el Ayuntamiento de Málaga pretende llevar a cabo una serie de actuaciones en el cauce del río Guadalmedina para mejorar las condiciones de seguridad del mismo, minimizando el riesgo de futuras inundaciones. Estas actuaciones tienen como base el estudio hidráulico finalizado en abril de 2025, a partir de la actualización de las Normas de Explotación de la presa del Limonero, que ha permitido redefinir los caudales de diseño para periodos de retorno de 500 años. La modelización hidráulica 2D realizada en este estudio hidráulico incorpora modernas simulaciones de transporte de acarreos, lo que aporta un comportamiento más real del cauce ante eventos extraordinarios.

Las actuaciones previstas consisten, por un lado, en el rebaje del perfil longitudinal del lecho del río en un tramo aproximado de 1,70 km, incorporando dos saltos hidráulicos que optimizan la sección del cauce y mejoran su capacidad de evacuación de caudales, y por otro en la ejecución de cuencos disipadores de energía y un esquema de gestión de sedimentos y acarreos, orientados a minimizar procesos erosivos y garantizar un funcionamiento hidráulico sostenible.

Esta intervención supone una mejora sustancial en la gestión del riesgo de inundación en un entorno urbano densamente poblado, al tiempo que impulsa la transformación del cauce en un corredor verde resiliente, compatible con su función hidráulica y alineado con los objetivos de adaptación al cambio climático y renaturalización de espacios fluviales.

Por otra parte, el Real Decreto 1132/1984, de 28 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Abastecimientos, Saneamientos, Encauzamientos, Defensa de Márgenes y Regadíos, traspasó las funciones de programar, tramitar y aprobar las inversiones en las obras de su interés en materia de encauzamientos y defensas de márgenes en áreas urbanas.

En cumplimiento de dicho Real Decreto, 1132/1984, de 28 de marzo, se aprobó por Decreto 189/2002, de 2 de julio , el plan de prevención de avenidas e inundaciones en cauces urbanos andaluces, declarando de su interés las actuaciones en materia de defensas ante inundaciones.

Por su lado, la Directiva 2000/60/CE, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas incluye entre sus objetivos la protección de las aguas superficiales continentales, las aguas de transición, las aguas costeras y las aguas subterráneas que contribuya a paliar los efectos de las inundaciones y sequías.

Y la Ley 9/2010, de 30 de julio , de Aguas de Andalucía, establece como objeto en su artículo 1.1 las obras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía y su régimen de ejecución y la evaluación y gestión de los riesgos de inundación. Para ello, dentro del Título IV “Infraestructuras Hidráulicas” se incluye la figura de declaración de obras de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Concretamente el artículo 29.1.b) establece que tendrán dicha consideración las obras necesarias para el control, defensa y protección del dominio público hidráulico, especialmente las que tengan por objeto hacer frente a fenómenos catastróficos como las inundaciones, sequías y otras situaciones excepcionales, así como la prevención de avenidas vinculadas a obras de regulación que afecten al aprovechamiento, protección e integridad de los bienes del dominio público hidráulico.

Por último, el artículo 15.a) del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, regula que, entre las funciones de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, se encuentra la aprobación, ejecución y seguimiento de los proyectos derivados de la planificación hidrológica y, en general, de las obras hidráulicas de competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de aquellas que se realicen sobre el patrimonio adquirido o adscrito.

Por todo lo anterior y en el marco normativo expuesto, resulta necesario declarar de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía las actuaciones necesarias en el río Guadalmedina a su paso por la ciudad de Málaga entre los puentes de Armiñán y Perchel para minimizar el riesgo de posibles inundaciones.

En su virtud, de conformidad con los artículos 27.22 y 46.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 9.f) de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, a propuesta del Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 11 de marzo de 2026,

ACUERDO

Primero. Declaración de obras de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 1.1.c) y 9.f) de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía y a los efectos de garantizar la protección y el uso sostenible del agua, en los términos que se recogen en la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas, se declaran de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía las actuaciones en el río Guadalmedina a su paso por la ciudad de Málaga entre los puentes de Armiñán y Perchel.

Segundo. Efectos.

El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana