RESOLUCIÓN 491/2026, DE 16 DE MARZO, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2026 LAS SUBVENCIONES PARA INVERSIONES EN LA CORRECCIÓN DE LÍNEAS ELÉCTRICAS PARA LA PROTECCIÓN DE LA AVIFAUNA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA (EXTRACTO).
BDNS: 893549
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/893549)
Primero. Bases reguladoras.
Orden STE/40/2022, de 15 de julio, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno (Boletín Oficial de La Rioja número 136, de 18 de julio de 2022), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para inversiones en la corrección de líneas eléctricas para la protección de la avifauna en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Segundo. Objeto.
Convocar las ayudas reguladas por la Orden STE/40/2022, de 15 de julio, que regula el régimen de concesión de subvenciones para inversiones en la corrección de líneas eléctricas para la protección de la avifauna en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Para lo no dispuesto expresamente en la presente Resolución, se estará a lo establecido en la citada Orden.
Tercero. Beneficiarios.
Conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Orden STE/40/2022, de 15 de julio, podrán ser beneficiarios los titulares (personas físicas y jurídicas - públicas o privadas-, ayuntamientos) de líneas eléctricas aéreas de alta tensión con conductores desnudos, localizadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
No podrán ser beneficiarios aquellas entidades que hayan formalizado un convenio de colaboración en vigor con el Gobierno de La Rioja, para la realización de proyectos de modificación de líneas eléctricas para la protección de la avifauna.
Cuarto. Cuantía.
Aprobar el gasto correspondiente a la convocatoria para el año 2026 de subvenciones para inversiones en la corrección de líneas eléctricas para la protección de la avifauna en la Comunidad Autónoma de La Rioja, por un importe total de sesenta mil euros (60.000 euros), con cargo a las siguientes partidas presupuestarias del presupuesto del año 2027:
05.06.4711.761.03 Proyecto 80702.2........... 5.000 euros.
05.06.4711.774.00 Proyecto 80702.2........... 55.000 euros.
La cuantía de la subvención concedida será del 80% de la inversión aprobada, y se concederán por orden decreciente de la puntuación obtenida según el artículo 10 de la Orden hasta agotar el presupuesto disponible. El número máximo de apoyos a subvencionar por solicitante será de 10 para las líneas eléctricas de hasta 30 KV de tensión nominal y de 5 para tensiones nominales superiores.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja del presente extracto de la Resolución de convocatoria.
Sexto. Otros datos de interés.
1. Convocatoria. El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja ( https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25296 )
2. Solicitudes. El modelo oficial de la solicitud estará disponible en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org/medioambiente), en el apartado subvenciones.
3. Documentación. Junto con la solicitud se deberá presentar la documentación que se recoge en el artículo 6 de la Orden STE/40/2022, de 15 de julio.
Las solicitudes y documentación señaladas en los apartados anteriores se dirigirán al Director General de Medio Natural y Paisaje.
4. Procedimiento de concesión. Tal y como se establece en el artículo 7 de la Orden STE/40/2022, de 15 de julio, estas ayudas se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva.
5. Concesión y notificación de la ayuda. El procedimiento de concesión se tramitará conforme a lo previsto en los artículos 7 al 12 de la Orden STE/40/2022, de 15 de julio.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta provisional de concesión y la resolución de concesión serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Los requerimientos de subsanación de solicitud también se publicarán en el Boletín Oficial de La Rioja, especificando el listado de los beneficiarios que están obligados a presentar más documentación, de acuerdo con lo previsto en la normativa.
6. Justificación y pago. El plazo para la realización y acreditación de las obras subvencionadas finalizará el 31 de octubre de 2027.
La justificación se realizará en base al artículo 16 de la Orden.
La Resolución de pago , así como todos los actos administrativos posteriores a la solicitud de pago del beneficiario, serán notificados individualmente de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.