EXTRACTO DE LA ORDEN 2561/2025, DE 2 DE DICIEMBRE, DEL CONSEJERO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS A ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID EN MATERIA DE ARCHIVOS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2026.
BDNS (Identif.): 890776
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero
Beneficiarios
Las Entidades locales de la Comunidad de Madrid que cumplan, además de los requisitos generales exigidos en el apartado 1 del dispongo tercero de la convocatoria, los requisitos específicos de la línea de actuación correspondiente.
Segundo
Objeto
El objeto de esta convocatoria es la realización de actuaciones en materia de archivos. La línea de actuación específica de este extracto es la de organización y tratamiento archivístico integral de fondos documentales desorganizados (línea c), cuyos requisitos específicos son los siguientes:
a) Las Entidades locales no dispondrán de personal técnico archivero.
b) Los fondos documentales propuestos deberán estar desorganizados o sin el tratamiento archivístico adecuado, de manera que resulte difícil el acceso y la consulta por parte de la Entidad local o sus ciudadanos. La determinación del cumplimiento de este requisito deberá ser comprobado por el personal técnico de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental.
c) Las Entidades locales interesadas en esta línea de actuación habrán de disponer de un local adecuado, preferiblemente ubicado en el edificio consistorial o sede principal de la Entidad local, que deberá cumplir los requisitos mínimos para la correcta instalación, conservación y seguridad de los documentos, una vez finalizados los trabajos de organización y tratamiento archivístico. El cumplimiento de este requisito deberá ser comprobado por el personal técnico de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental.
Tercero
Bases reguladoras
Las bases reguladoras de las ayudas se establecieron en la Orden 43/2024, de 22 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 32, de 7 de febrero).
Cuarto
Cuantía
80.000,00 euros.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Catorce días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El texto íntegro de la convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Sexto
Relaciones entre Comunidad de Madrid e interesados
1. La Administración se relacionará de forma electrónica con los interesados, por lo que las notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid ( sede.comunidad.madrid ) ( https://sede.comunidad.madrid/ ).
2. Las sucesivas notificaciones, relativas a los actos integrantes del procedimiento de concesión, se publicarán en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid ( sede.comunidad.madrid ) ( https://sede.comunidad.madrid/ ).
Séptimo
Pago y justificación
1. El pago de las ayudas se efectuará con posterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos al fin para el que se concedió la subvención y previa aportación de la totalidad de documentos indicados en la Orden de la Convocatoria.
2. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención y el resto de documentos indicados en el dispongo décimo de la Orden de convocatoria finaliza el 31 de octubre de 2026.