Subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para proyectos de inversión en materia de equipamiento y obras en el ámbito de los servicios sociales

 11/03/2026
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Extracto de la Resolución de 6 de marzo de 2026, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para proyectos de inversión en materia de equipamiento y obras en el ámbito de los servicios sociales (DOGV de 10 de marzo de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 6 DE MARZO DE 2026, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN EN MATERIA DE EQUIPAMIENTO Y OBRAS EN EL ÁMBITO DE LOS SERVICIOS SOCIALES.

BDNS (identif.): 889551.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/889551).

Primero. Objeto

Aprobar las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones para proyectos de inversión en materia de equipamiento, proyectos y obras, en el ámbito de los servicios sociales, destinadas a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro.

Líneas de subvención:

- Línea A.

Adquisición de mobiliario, enseres y equipos informáticos necesarios para el funcionamiento de los centros de servicios sociales de todos los niveles de atención, con las siguientes modalidades:

A.1) Equipamientos de centros nuevos

A.2) Equipamiento de centros en funcionamiento

- Línea C

Sublínea C1

Rehabilitación de inmueble preexistente para destinarlo a centro de servicios sociales, obras de finalización de centros de servicios sociales que no estén en funcionamiento, obras de adecuación para el cambio de tipología de centro de servicios sociales, obras de instalaciones adicionales al proyecto de construcción en centros de servicios sociales en construcción o que no estén en funcionamiento.

Sublínea C2

Obras de reforma (abarca el conjunto de obras de ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación, equiparación o reparación de inmuebles) de centros de servicios sociales en funcionamiento y obras de instalaciones en centros de servicios sociales en funcionamiento.

- Línea D

- Proyecto básico y de ejecución de obra de centros de servicios sociales de nueva creación con destino a atención primaria básica o específica que incluya el desarrollo de las instalaciones y, en su caso, proyecto de actividad.

- Proyecto básico y de ejecución de obra de reforma de centros de servicios sociales en funcionamiento.

Segundo. Entidades beneficiarias

Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones previstas en las líneas estratégicas A y C, las entidades locales o entidades sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana. Únicamente podrán ser beneficiaras de las subvenciones de la línea Estratégica D las entidades locales de la Comunitat Valenciana.

Para poder obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones, las entidades deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Figurar inscritas en el Registro general de titulares de actividades, de servicios y centros de servicios sociales de la Comunitat Valenciana a la fecha de la presentación de su solicitud.

b) Dichas entidades deben ser titulares de los centros en funcionamiento para los que se solicita la ayuda. En el supuesto de centros que no están en funcionamiento dichas entidades deben ser solicitantes del visado previo del proyecto técnico o del procedimiento de autorización. En el supuesto de subvenciones para redacción de proyectos, las entidades locales deben ser las promotoras de estos.

c) Las entidades sin ánimo de lucro deberán acreditar que disponen de un plan de igualdad, siempre que resulte exigible conforme a lo establecido en la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo , para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y demás normativa de aplicación. En el supuesto de entidades locales, se acreditará que se dispone de un plan de igualdad de centro de trabajo, de conformidad con lo establecido en el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.

d) Cumplir las exigencias y los requisitos para obtener la condición de beneficiarios señalados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de la Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para proyectos de inversión en materia de equipamiento, proyectos y obras en el ámbito de los servicios sociales.

Cuarto. Financiación

La financiación de las ayudas previstas en la presente resolución será con cargo a la sección: G0116 Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia; servicio: G011604 SA del Sistema Sociosanitario; centro gestor: G01160401 DG de Infraestructuras Sociosanitarias; subprograma: 313J00 Planificación y coordinación de infraestructuras sociosanitarias del capítulo 7 de Ley de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2026.

Denominación: ayudas proyectos de inversión.

Línea de subvención: S0330

Consignación presupuestaria 2026: 10.000.000,00 euros.

Procedencia y cuantía de los fondos: propios no condicionados.

La distribución de la cuantía máxima tiene carácter estimativo entre las siguientes líneas estratégicas y para el total de las anualidades:

Línea estratégica A: 2.000.000 €, de los cuales se destina a:

- Subvenciones entidades locales 1.200.000 €

- Subvenciones entidades sin ánimo de lucro 800.000 €

Línea estratégica C:

Sublínea C1: 2.000.000 €, de los cuales se destina a:

- Subvenciones entidades locales 1.200.000 €

- Subvenciones entidades sin fin de lucro 800.000 €

Sublínea C2: 2.500.000 €, de los cuales se destina a:

- Subvenciones entidades locales 1.500.000 €

- Subvenciones entidades sin fin de lucro 1.000.000 €

Línea Estratégica D: 2.000.000 €, de los cuales se destina a:

- Subvenciones entidades locales 2.000.000 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Las solicitudes de subvención se presentarán exclusivamente por vía telemática, mediante la firma electrónica propia de la entidad solicitante o la de la persona que la represente.

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