Subvenciones a ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes para actuaciones de mejora de las infraestructuras turísticas

 11/03/2026
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Extracto de la Resolución de 20 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes para actuaciones de mejora de las infraestructuras turísticas y se anuncia su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento TU503D) (DOG de 10 de marzo de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 20 DE FEBRERO DE 2026 POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DE LAS SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE HASTA 10.000 HABITANTES PARA ACTUACIONES DE MEJORA DE LAS INFRAESTRUCTURAS TURÍSTICAS Y SE ANUNCIA SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2026 (CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO TU503D).

BDNS (Identif.): 890826.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/890826

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los requisitos establecidos en estas bases, los ayuntamientos de Galicia de hasta 10.000 habitantes, según las cifras de población acordes con lo establecido en el Real decreto 1117/2025, de 3 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas a 1 de enero de 2025.

Segundo. Objeto y régimen

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto el fomento de la recuperación, de la accesibilidad y de la señalización de los recursos turísticos en ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes de cara a la consolidación de la oferta turística en las zonas rurales a través de la puesta en valor de su riqueza histórica, cultural, patrimonial y paisajística.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 20 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes para actuaciones de mejora de las infraestructuras turísticas y se anuncia su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento TU503D).

Cuarto. Importe

1. Las subvenciones objeto de esta resolución se imputarán a la aplicación presupuestaria 04.A2.761A.760.0, proyecto 2015 00005, por un crédito de 2.000.000 de euros, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2026, sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas como consecuencia de la existencia de una mayor disponibilidad presupuestaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.2 del Reglamento de la Ley 9/2007 , de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero , lo que podrá dar lugar a la posibilidad de atender nuevas solicitudes que podrán implicar la subvención oportuna.

En estos casos el órgano concedente deberá publicar la ampliación de crédito en los mismos medios en los que publicó la convocatoria sin que esta publicación implique una apertura del plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de los plazos para resolver.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes y se iniciará a las 12.00 horas del quinto día hábil siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

El plazo finalizará a las 20.00 horas del día en que se cumpla un mes desde la fecha de inicio del plazo, excepto cuando se produzca el agotamiento del crédito. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Sexto. Plazo de justificación de la subvención

La entrega de la documentación justificativa tendrá de plazo hasta el 3 de noviembre de 2026.

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