Parque Regional de Sierra Espuña

 11/03/2026
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Ley 1/2026, de 2 de marzo, de modificación de la Ley 6/1995, de 21 de abril, de modificación de los límites del Parque Regional de Sierra Espuña (BORM de 7 de marzo de 2026). Texto completo.

LEY 1/2026, DE 2 DE MARZO, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 6/1995, DE 21 DE ABRIL, DE MODIFICACIÓN DE LOS LÍMITES DEL PARQUE REGIONAL DE SIERRA ESPUÑA.

Exposición de motivos

Una de las tradiciones más importantes para los totaneros son las romerías de bajada y subida de Santa Eulalia, que tienen lugar los días 8 de diciembre y 7 de enero respectivamente, que constituyen los eventos principales y de mayor importancia de las Fiestas Patronales en Honor a Santa Eulalia de Mérida, Patrona del municipio de Totana desde 1644.

Dichas fiestas tienen su origen en el siglo XVII, cuando totaneros, vecinos del valle del Guadalentín y de otros lugares, acudían en peregrinación a la Ermita de la Sierra, por devoción y atraídos por los muchos milagros que concede La Santa. Los devotos encontraban refugio de la fría noche con comida y bebida que les proporcionaban los mayordomos, así como la alegría de compartir bailes y corros; siendo este el origen de la Romería celebrada el 7 de enero, por la que se traslada la talla de la Patrona desde el municipio hasta el Santuario de la Santa, situado en monte número 83 “Coto de Santa Eulalia”.

Las antiguas fiestas patronales se celebraban en el Santuario, pero, por decisión del Concejo y de la Parroquia de Santiago, el 10 de diciembre de 1777 se decide bajar la talla de la patrona hasta la localidad. Este es el origen de la romería del 8 de diciembre, en la que se traslada a la Patrona desde el Santuario hasta la Parroquia de Santiago.

Es hermoso el paso de Santa Eulalia por los Huertos, paraje que abraza la carretera RM502 y en el que las típicas viviendas históricas y de recreo, rodeadas de naranjos, limoneros, almendros y flores componen el paisaje emblemático y olores característicos de una romería que discurre a lo largo de esa carretera, hasta llegar al fin de su peregrinaje en la Ermita de San Roque, donde Santa Eulalia espera al día siguiente para ser trasladada a la Iglesia de Santiago, en procesión y acompañada de multitud de totaneros, donde permanecerá hasta el día 7 de enero, día en el que Santa Eulalia vuelve en romería, haciendo el mismo trayecto hasta el Santuario, acompañada de sus devotos que disfrutan esa jornada del entorno privilegiado del Santuario, realizando convivencia que reúne a familiares y amigos en torno a una hoguera donde se preparan comidas tradicionales; formando parte del folklore tradicional totanero. Cabe mencionar que ante la gran devoción a Santa Eulalia y las numerosas peregrinaciones a lo largo de todo el año por cientos de devotos replicando el recorrido de La Santa por la RM502, el Ayuntamiento de Totana solicitó la construcción de un sendero pegado a la carretera, el sendero del Peregrino, en pro de la seguridad de los peregrinos y devotos, sendero que se está ejecutando por fases, estando finalizada ya la primera. El entorno de La Santa y parte de la RM502 actualmente se encuentran dentro del Parque Regional de Sierra Espuña, ya que por Ley 4/1992, de 30 de julio , de ordenación y protección del territorio de la Región de Murcia, se produjo la reclasificación como Parque Regional del Parque Natural de Sierra Espuña, creado por Real Decreto 3157/1978, de 10 de noviembre, manteniendo la superficie y límites establecido en el mismo.

En el proceso de elaboración del plan de ordenación de los recursos naturales del parque, aprobado por Decreto regional 13/1995, de 31 de marzo, los estudios técnicos correspondientes, adaptados a los modernos criterios de valoración y conservación de los recursos naturales, pusieron de manifiesto que el conjunto ambiental homogéneo de Sierra Espuña, merecedor de protección, sobrepasaba ampliamente los límites establecidos y, consecuentemente, se produjo una modificación de los límites del parque, fijando unos nuevos mediante la Ley 6/1995, de 21 de abril, de modificación de los límites del Parque Regional de Sierra Espuña, por la que se dejan fuera del parque el núcleo rural de El Berro, Umbría de Sierra Espuña, el Purgatorio, La Fragua y el Puntal, entre otros.

De este modo, con el fin de proteger y preservar las tradiciones y actividades históricas de Totana, dada su gran importancia y repercusión en el municipio, el Pleno del Ayuntamiento de Totana decidió por unanimidad solicitar que sean establecidos nuevos límites al parque de Sierra Espuña, conforme a lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 4/1992, de 30 de julio, modificando la Ley 6/1995, de 21 de abril.

Dicha modificación afecta exclusivamente a un 0,3% de la superficie del Parque Regional.

Con estas finalidades se propone la modificación siguiente:

Artículo único. Modificación de la Ley 6/1995, de 21 de abril, de modificación de los límites del Parque Regional de Sierra Espuña.

Se modifica la Ley 6/1995, de 21 de abril, para fijar los nuevos límites del Parque de Sierra Espuña, excluyendo del mismo la zona recreativa y monumental de La Santa y la carretera RM-502 y su zona de afectación, tal y como se adjunta en el anexo.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

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Pedro Brufao Curiel, Carmen Bravo Díaz, Juan José Torres Ventosa
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