Subvenciones a municipios y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar la implantación de planes estratégicos para la promoción de la igualdad en el territorio

 06/03/2026
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Extracto de la Resolución de 26 de febrero de 2026, por la que se convocan subvenciones a municipios y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar la implantación de planes estratégicos para la promoción de la igualdad en el territorio, en el año 2026 (BOC de 4 de febrero de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 26 DE FEBRERO DE 2026, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A MUNICIPIOS Y MANCOMUNIDADES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, CON EL FIN DE IMPULSAR LA IMPLANTACIÓN DE PLANES ESTRATÉGICOS PARA LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD EN EL TERRITORIO, EN EL AÑO 2026.

BDNS(Identif.):889503

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/889503)

Primero.- Personas beneficiarias.

a) Municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

b) Mancomunidades legalmente constituidas, integradas exclusivamente por municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

En caso de que el municipio forme parte de una mancomunidad que presenta una solicitud, no se podrán presentar de manera individual.

Todas estas entidades deberán cumplir los requisitos previstos en la Orden UIC/5/2022, de 14 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar la implantación de planes estratégicos para la promoción de la igualdad en el territorio, publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria n.º 36, de 22 de febrero de 2022.

Segundo.- Objeto.

Serán objeto de subvención en régimen de concurrencia competitiva a municipios y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar la implantación de planes estratégicos para la promoción de la igualdad en el territorio desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. Deberán contar con al menos el siguiente contenido mínimo:

1) Ámbito personal, territorial y temporal.

2) Diagnóstico de la situación previa del territorio considerando especialmente la desigualdad social que afecta a las mujeres.

3) Definición de objetivos cualitativos y cuantitativos del plan.

4) Descripción de medidas concretas, plazo de ejecución, colectivos a los que van dirigidas y priorización de las mismas y diseño de indicadores que permitan determinar la evolución de cada medida con medición de datos desglosados por sexo de las personas beneficiarias y comprensivo de la eficacia de las medidas de igualdad a aplicar.

5) Identificación de los medios y recursos, tanto materiales como humanos necesarios para la implantación, seguimiento y evaluación de cada una de las medidas y objetivos.

6) Calendario de actuaciones para la implantación, seguimiento y evaluación de las medidas del plan.

7) Sistema de seguimiento, evaluación y revisión periódica.

8) Composición y funcionamiento de la comisión u órgano paritario encargado del seguimiento, evaluación y revisión periódica del plan.

El número de proyectos a subvencionar se limita a uno por entidad.

Los trabajos para la elaboración del plan estratégico deberán estar realizados y firmados electrónicamente por profesionales con formación específica con un mínimo de 300 horas en materia de igualdad.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden UIC/5/2022, de 14 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar la implantación de planes estratégicos para la promoción de la igualdad en el territorio, publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria n.º 36, de 22 de febrero de 2022.

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía máxima a recibir por cada persona beneficiaria será de 6.000,00 €.

La cuantía de la subvención a percibir por cada proyecto será variable y se calculará dividiendo la cuantía del crédito autorizado entre el número de puntos obtenidos por todas las solicitudes valoradas, lo que dará el valor del punto, que habrá de multiplicarse posteriormente por la puntuación obtenida por cada proyecto. En caso de que, realizado el primer reparto resultara un sobrante, se realizarán sucesivos repartos hasta el límite de la cuantía máxima a recibir por cada persona beneficiaria.

En todo caso, la cuantía a conceder estará limitada por la subvención solicitada por la entidad beneficiaria para cada proyecto presentado, no siendo preciso agotar la totalidad del crédito presupuestario disponible.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Las solicitudes, firmadas con certificado electrónico por quien ostente la representación legal de la entidad, serán dirigidas a la persona titular de la consejería con competencias en materia de igualdad y mujer, se realizarán en el modelo oficial que se incluye como Anexo I de la convocatoria del año 2026 acompañadas de la documentación prevista en el artículo 6 de la Resolución de convocatoria de la subvención.

Sexto.- Otros datos.

El modelo de solicitud y el resto de modelos complementarios se encontrarán disponibles en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria, en su apartado Atención a la Ciudadanía 012, Ayudas y Subvenciones (http://www.cantabria.es).

Las subvenciones se tramitarán por la Dirección General de Inclusión Social, Familias e Igualdad, órgano directivo adscrito a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

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