EXTRACTO DE LA ORDEN DE 9 DE FEBRERO DE 2026 POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS, PARA LA ELABORACIÓN E IMPLANTACIÓN DE PLANES DE PROTECCIÓN CIVIL PARA EL RIESGO DE INCENDIOS FORESTALES DE ÁMBITO MUNICIPAL, Y SE PROCEDE A SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2026 (CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PR460E).
BDNS (Identif.): 889003.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS):
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/889003
Primero. Beneficiarios
Los municipios gallegos de menos de 10.000 habitantes que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Tener obligación de contar con Plan de actuación municipal ante el riesgo de incendios forestales, conforme se determina en el plan Peifoga.
2. Haber remitido la cuenta general del ayuntamiento, correspondiente al ejercicio presupuestario de 2024, al Consejo de Cuentas.
Segundo. Objeto
Establecer las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para el año 2026, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al financiamiento de los gastos que realicen los municipios para la elaboración, revisión e implantación del plan de actuación muncipal ante el riesgo de incendios forestales.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 9 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a ayuntamientos, en régimen de concurrencia no competitiva, para la elaboración e implantación de planes de protección civil para el riesgo de incendios forestales de ámbito municipal, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento PR460E).
Cuarto. Importe
Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de trescientos treinta mil euros (330.000 €) con cargo a la partida presupuestaria 05.06.212A.460.3, código de proyecto 2026 00007, correspondiente a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026 .
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes y comenzará a computarse transcurridos cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, a partir de las 9.00 horas. En caso de que el día de inicio del plazo sea inhábil, el plazo comenzará el día hábil siguiente, también a las 9.00 horas. El día de finalización del plazo podrán presentarse las solicitudes hasta las 20.00 horas.
Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
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