RESOLUCIÓN 14/2026, DE 17 DE FEBRERO, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO, DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA PUESTA EN MARCHA, EN 2026, DE PROYECTOS EXPERIENCIALES DE EMPLEO Y FORMACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA, EN APLICACIÓN DE LA ORDEN EDE/81/2025, DE 15 DE DICIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS EXPERIENCIALES DE EMPLEO Y FORMACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA, ASÍ COMO PARA LA CONCESIÓN DE BECAS A LAS PERSONAS PARTICIPANTES.
BDNS: 887907
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/887907
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades y corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales y las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que tengan sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de La Rioja que cumplan los requisitos establecidos en la Orden EDE/81/2025, de 15 de diciembre.
Segundo. Objeto
Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las entidades indicadas en el artículo 7.1 de la Orden EDE/81/2025, de 15 de diciembre, para la ejecución de proyectos experienciales de empleo y formación dirigidos a mejorar la ocupabilidad, la cualificación y la inserción profesional de las personas desempleadas.
Tercero. Bases reguladoras
Orden EDE/81/2025, de 15 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos experienciales de empleo y formación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como para la concesión de becas a las personas participantes en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Cuarto. Cuantía
En la presente convocatoria se aprueba el gasto de dos millones doscientos mil euros (2.200.000 euros), con cargo a las partidas de presupuestarias de la Dirección General de Empleo correspondientes a los presupuestos de gastos para los ejercicios 2026 y 2027. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 ter del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta distribución tiene carácter estimativo. por lo que podrá procederse a la distribución definitiva de los créditos presupuestarios con carácter previo a la resolución de concesión.
La subvención a la que el gasto hace referencia está recogida en la Resolución 62/2025, de 15 de septiembre, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se aprueba la refundición y modificación del Plan Estratégico de Actuaciones 2024-2026, dentro de la Dirección General de Empleo, en su Objetivo General Décimo relativo a Cualificar a las personas mediante programas mixtos de empleo y formación, Línea 1 Subvenciones a programas experienciales de formación y empleo.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitud es será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto de la Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto. Otros datos de interés
-Convocatoria. El texto íntegro de la Resolución 14/2026, de convocatoria estará disponible en el procedimiento habilitado en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja, (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramiten=13147)
-Solicitudes. Los solicitantes de las ayudas están obligados a presentar la solicitud a través de medios electrónicos en el modelo que se encuentra disponible en el procedimiento habilitado en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja, (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramiten=13147)
-Obligaciones. Los beneficiarios se someterán a las establecidas en el artículo 27 de la orden reguladora.
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