ACUERDO DE 18 DE FEBRERO DE 2026, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA LA FORMULACIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN ANDALUCÍA REGIÓN INTELIGENTE 2026-2030 (ARI2030).
El artículo 34 del Estatuto de Autonomía para Andalucía reconoce el derecho a acceder y usar las nuevas tecnologías y a participar activamente en la sociedad del conocimiento, la información y la comunicación. Para garantizar la efectividad de este derecho, el artículo 37.1.13.º del citado Estatuto establece que los poderes públicos orientarán sus políticas mediante principios rectores como el fomento de la capacidad emprendedora, la investigación y la innovación, impulsando, a su vez, la labor de las universidades andaluzas en dichos ámbitos.
De conformidad con el artículo 6.1.d) y h) del Decreto 158/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, corresponde a la Secretaría General de Investigación e Innovación el impulso, coordinación y desarrollo de la Estrategia de Especialización Inteligente para la Sostenibilidad de Andalucía (S4 Andalucia) 2021-2027, o de aquellos instrumentos de planificación que la sustituyan; así como el impulso a las iniciativas orientadas a generar conocimiento y valor añadido a través de la innovación tecnológica (artículo 6.1.h).
Por su parte, el artículo 11.g), h) y j) del Decreto 158/2022, de 9 de agosto, establece que corresponde a la Dirección General de Fomento de la Innovación el fomento de programas de apoyo a los ecosistemas de innovación, así como el fomento de la innovación abierta; el apoyo a la concepción, definición, desarrollo, prueba y puesta en marcha de propuestas innovadoras que se puedan aplicar en las empresas andaluzas, así como a la creación de espacios seguros y sandbox para la experimentación de innovaciones y tecnologías; y la coordinación, el fomento y la ejecución de estrategias de Territorio Inteligente, sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Consejería competente en materia de Inteligencia Artificial.
La Comunidad Autónoma de Andalucía se ha dotado del marco estratégico adecuado para avanzar hacia una Andalucía más inteligente y especializada, mediante la innovación, la digitalización, la transición industrial, el emprendimiento y el apoyo a las pequeñas y medianas empresas con la aprobación de la Estrategia de Especialización Inteligente para la sostenibilidad de Andalucía 2021-2027, S4 Andalucia, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de julio de 2023.
La Estrategia S4Andalucia se dirige a las entidades, organizaciones y agentes del ecosistema de investigación e innovación regional, tanto públicos como privados, persiguiendo facilitar que todo el ecosistema andaluz de I+D+I, y en particular los agentes empresariales, las organizaciones industriales, educativas y de investigación, las administraciones públicas y la sociedad civil, identifiquen los ámbitos más prometedores para el desarrollo económico sostenible a partir de las estructuras, elementos y la base de conocimiento distintivas que existen en el territorio andaluz.
Para el entorno relativo a “Sociedad Inteligente, resiliente y saludable”, dentro de los retos a los que debe dar respuesta la Estrategia S4Andalucia, encontramos la necesidad de impulsar la ciudad sostenible, equitativa e integrada y promover el equilibrio y la cohesión territorial y social, junto con el fomento de la mejora de la gobernanza urbana, multinivel, eficaz, inteligente e innovadora y adaptar la actividad productiva del territorio andaluz a la nueva economía para dar respuesta a los desafíos actuales, incorporando procesos innovadores en la gestión del territorio para contribuir al desarrollo territorial sostenible de Andalucía.
Por otro lado, el Plan de Acción Andalucía Smart 2020 (PAAS 2020), de impulso al desarrollo inteligente de las ciudades y municipios de Andalucía, aprobado por Acuerdo de 6 de septiembre de 2016, permitió la definición de un marco estratégico orientado a poner en marcha soluciones innovadoras e inteligentes que fueran eficaces para alcanzar los objetivos de la Junta de Andalucía en materia de transformación inteligente del territorio, y que contribuyeran a que otras Administraciones Públicas de Andalucía, mediante la cooperación y la colaboración, pudieran implementar modelos de gobernanza eficaces e innovadores. Entre sus objetivos estratégicos se encontraban el impulsar la actividad de I+D+i en el contexto de la tecnología y servicios destinados a la transformación inteligente de ciudades y territorios, así como aportar un marco metodológico y tecnológico que guiara el proceso de transformación inteligente de Andalucía. De las iniciativas de este Plan de Acción ha destacado la implantación directa de proyectos TIC para el desarrollo de ciudades y territorios inteligentes, a través de la Orden de 3 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en especie, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso al desarrollo de ciudades y territorios inteligentes de Andalucía (conocida como “Orden CITI”). En virtud de esta orden, actualmente gestionada por la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación y con un presupuesto de más de 9 millones de euros cofinanciados con fondos FEDER, están siendo implementados 21 proyectos, beneficiando a más de 300 municipios andaluces de menos de 20.000 habitantes, y desplegando una gran cantidad de dispositivos para dotar de mayor capacidad, eficiencia e inteligencia a los servicios municipales de las correspondientes entidades locales beneficiarias.
La diversidad de actuaciones que se han desarrollado en el marco del citado PAAS 2020 ha permitido a la Administración de la Junta de Andalucía continuar mejorando su conocimiento acerca de las necesidades, retos y oportunidades asociadas al fomento de actuaciones inteligentes sobre el territorio; no únicamente desde un punto de vista meramente técnico, sino también desde el estratégico, de organización, o de elección y diseño de herramientas administrativas de ejecución de proyectos “Smart”.
En este contexto, con el propósito de favorecer al máximo las capacidades latentes en los distintos municipios de Andalucía, y aprovechando la experiencia y valor conseguido a través de la ejecución de las iniciativas “Smart”, resulta conveniente la puesta en marcha de un nuevo marco de planificación que estimule el desarrollo sostenible de actuaciones innovadoras e inteligentes, desde el nivel municipal, basadas en la cooperación y en la búsqueda de un proyecto de región inteligente integrado, y que sean replicables y escalables en el territorio limitando la fragmentación y maximizando la eficiencia.
A través del Plan de Acción Andalucía Región Inteligente 2026-2030 (en adelante, Plan ARI2030) se propone la creación de un ecosistema regional dirigido a promover, facilitar e impulsar el desarrollo de soluciones inteligentes, basadas en datos, que tengan impacto en los ejes prioritarios de actuación de la Comunidad Autónoma, y en el que la investigación e innovación sean vehículos clave para la implantación de soluciones “Smart” replicables y escalables en nuestro territorio, y alineadas con las hojas de ruta municipales.
El desarrollo de este planteamiento regional ha de servir como llamada a la acción hacia el ecosistema investigador, innovador y tecnológico de Andalucía, facilitando su implicación en el desarrollo de productos innovadores; promoviendo el acceso a entornos seguros y controlados para experimentar con tecnologías, productos y modelos de negocio innovadores (sandboxes) que les permitan probar y experimentar prototipos en un entorno real; y movilizando a aquellas Administraciones públicas menos avanzadas en la adopción de soluciones inteligentes. En relación con estas últimas, se espera poder atender aquellos retos, objetivos estratégicos y metas que, mediante un catálogo de soluciones “Smart”, adaptado a las diversas situaciones en las que puedan encontrase, facilite el diseño, la implantación y el mantenimiento posterior de elementos inteligentes en cada territorio.
En virtud de lo expuesto, a propuesta de la persona titular de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.12 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 18 de febrero de 2026,
ACUERDA
Primero. Formulación del Plan de Acción Andalucía Región Inteligente 2026-2030 (ARI2030).
Se aprueba la formulación del Plan de Acción Andalucía Región Inteligente 2026-2030 (en adelante, Plan ARI2030), cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a las determinaciones establecidas en el presente Acuerdo.
Segundo. Finalidad y principios.
1. El Plan ARI2030 tiene como finalidad el desarrollo de acciones dirigidas a la creación de un ecosistema regional de soluciones “Smart”, replicables y escalables, basadas en la tecnología, la investigación y la innovación.
2. El Plan ARI2030 se conformará a partir de los siguientes principios:
a) Potenciar un ecosistema regional “Smart” con capacidad para conectar a los diversos agentes implicados, públicos y privados, así como de generar sinergias entre ellos, que desempeñe un papel relevante en el impulso de la innovación y contribuya a elevar la competitividad de Andalucía.
b) Impulsar proyectos en el territorio que contribuyan al desarrollo del tejido empresarial y al despliegue e implantación de soluciones “Smart” en el ámbito local y regional.
c) Promover fórmulas que favorezcan las economías de escala, la optimización de procesos, la estandarización de productos y servicios, y la reducción de costes asociados a la adquisición e implantación, por parte de las entidades locales, de todos los activos que se generen en los proyectos.
d) Contribuir a que Andalucía sea un polo tractor en áreas como la sensórica, las infraestructuras y plataformas inteligentes, el desarrollo de gemelos digitales de ciudad, o la aplicación de otras tecnologías habilitadoras digitales a la gestión municipal.
Tercero. Coordinación del Plan ARI2030.
1. La persona titular de la dirección general con competencias en materia de coordinación, fomento y ejecución de estrategias de Territorio Inteligente será la responsable de la coordinación de la elaboración del Plan ARI2030.
2. En dicha elaboración participará, como Oficina Técnica, la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, SAMP (SANDETEL), que llevará a cabo las siguientes funciones:
a) Gestión documental del plan.
b) Preparación de reuniones de trabajo, recogida e integración de la información.
c) Redacción del borrador inicial del Plan.
d) Modificación del borrador de Plan como consecuencia de los trámites de consulta y participación.
e) Contratación de servicios de consultoría y asistencia técnica, si fuera necesario.
Cuarto. Contenido del Plan ARI2030.
El Plan ARI2030 incluirá, al menos, el siguiente contenido:
a) Análisis de necesidades destinado a identificar vectores de coincidencia entre los objetivos estratégicos de la Administración de la Junta de Andalucía y del resto de Administraciones Públicas en Andalucía.
b) Definición de las líneas de actuación, orientadas al fomento, desarrollo e implantación de proyectos de territorio inteligente, necesarias para la consecución de los fines y objetivos establecidos en el plan.
c) Diseño de un sistema de seguimiento y evaluación para medir los resultados y el cumplimiento del plan.
Quinto. Procedimiento de elaboración y aprobación.
1. La Consejería con competencias en materia de territorio inteligente elaborará una propuesta inicial del Plan ARI2030.
2. La propuesta inicial del Plan ARI2030 se someterá a audiencia de las Consejerías. De manera específica cada Consejería deberá:
a) Identificar aquellas actuaciones que, conforme a su correspondiente ámbito competencial, pudieran contribuir a la finalidad y objetivos fundamentales del Plan ARI2030.
b) Compartir las metas establecidas para cada actuación, así como un avance de programación para su ejecución.
c) Facilitar información sobre la evolución de las actuaciones y el grado de cumplimiento, una vez iniciadas.
d) Favorecer la comunicación entre las personas responsables de las actuaciones y el equipo que conforma la Oficina Técnica.
3. Igualmente, la propuesta inicial del Plan ARI2030 será sometida a información pública por un plazo de 15 días hábiles, anunciándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el sitio web de la Consejería con competencias en materia de territorio inteligente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83.1 y 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, se anunciará en el apartado correspondiente de la sección de transparencia del portal de la Junta de Andalucía en base a lo establecido en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
4. Una vez examinadas las alegaciones presentadas y recabados los informes preceptivos para su tramitación, la persona titular de la Consejería con competencias en materia de territorio inteligente elevará la propuesta del Plan ARI2030, al Consejo de Gobierno para su aprobación.
Sexto. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de territorio inteligente para adoptar los actos necesarios para el desarrollo y ejecución de este acuerdo.
Séptimo. Eficacia.
El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
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