Ticket Rural

 20/02/2026
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Orden ARP/29/2026, de 16 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir las ayudas destinadas a la implementación de estrategias de desarrollo rural a través del Ticket Rural en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (DOGC de 19 de febrero de 2026). Texto completo.

ORDEN ARP/29/2026, DE 16 DE FEBRERO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE DEBEN REGIR LAS AYUDAS DESTINADAS A LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL A TRAVÉS DEL TICKET RURAL EN EL MARCO DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA PAC 2023-2027

El Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes de los fondos europeos principales, regula en los artículos 28 a 34 los requisitos de aplicación del desarrollo local participativo Leader.

De acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los estados miembros en el marco de la Política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los reglamentos (UE) 1305/2013 y (UE) 1307/2013, el Plan estratégico de la Política agrícola común (en adelante, PEPAC) para el período de programación 2023-2027, aprobado por la Comisión Europea mediante la Decisión C(2022) 6017 final, de 31 de agosto de 2022, modificada por la Decisión C(2023) 5746 final, de 30 de agosto de 2023; la Decisión C (2024) 6133 final, de 30 de agosto de 2024, y la Decisión C(2025) 5713 final, de 14 de agosto de 2025, y que incluye las ayudas cofinanciadas con el FEADER, prevé, dentro de la intervención 7119, ayudas destinadas al desarrollo local participativo.

Asimismo, estas ayudas se someten al Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea.

Mediante el Acuerdo del Gobierno GOV/109/2023, de 16 de mayo, se aprueba la participación financiera de la Generalitat de Catalunya a través de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (DARPA) en las intervenciones del PEPAC en Cataluña.

En fecha 15 de marzo de 2023, se reunió el Comité de Selección de grupos de acción local (GAL) y estrategias de desarrollo local, que prevé el artículo 7 de la Orden ACC/115/2022, que acordó la aprobación definitiva de once grupos, ratificada por la resolución de selección definitiva de 24 de marzo de 2023, firmada por el secretario de Agenda Rural, actualmente director general de Desarrollo Rural.

El 23 de mayo de 2023, se firmaron los convenios entre el DARPA y los once GAL seleccionados para la aplicación del desarrollo local participativo Leader, en el marco del PEPAC, que regulan los procedimientos de gestión, la dotación financiera y las obligaciones de las partes. El apartado 2 de la cláusula sexta de este convenio establece que los GAL encomiendan al DARPA, como autoridad de gestión, la elaboración y publicación de las convocatorias de propuestas previstas en el artículo 33, apartado 3.c, del Reglamento (UE) 2021/1060, de 24 de junio.

Considerando el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre ; los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones, y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio ;

Visto que la propuesta de estas bases reguladoras se ha sometido a la consideración de los órganos administrativos facultativos y preceptivos, de acuerdo con la normativa reguladora de subvenciones;

Visto que en la elaboración de la presente disposición se han valorado las repercusiones y los efectos de estas subvenciones, y que cumplen los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera del artículo 7 de la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril;

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en concreto, el artículo 92.3 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único

Se aprueban las bases reguladoras que deben regir las ayudas destinadas a la implementación de estrategias de desarrollo rural a través del Ticket Rural de Cataluña para incentivar la creación de actividades económicas no agrarias en las zonas rurales, que se publican en el anexo 1 de esta Orden.

La gestión de estas ayudas se ejerce con la colaboración de los grupos de acción local seleccionados por el DARPA mediante la Resolución de 24 de marzo de 2023, que firmaron el convenio de colaboración con dicho Departamento el 23 de mayo de 2023.

Disposición adicional

Estas ayudas cofinanciadas por el FEADER se tramitan de acuerdo con las funciones de organismo pagador, de conformidad con el Plan estratégico de la Política agrícola común aprobado por la Comisión Europea mediante la Decisión C(2022) 6017 final, de 31 de agosto de 2022, y las que establece el Decreto 393/2006, de 17 de octubre, por el que se constituye el organismo pagador de las ayudas financiadas por el FEAGA y el FEADER (DOGC núm. 4743, de 19.10.2006) y se regula su organización y funcionamiento.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden ARP/221/2024, de 31 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la implementación de estrategias de desarrollo rural a través del Ticket Rural en el marco del Programa de desarrollo rural de Cataluña 2014-2022 (DOGC núm. 9283, de 5.11.2024).

Disposición transitoria

Las subvenciones que se otorgaron con arreglo a la Orden que ahora queda derogada se seguirán rigiendo por las bases que las regulaban.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).

Anexos

Omitidos.

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