Conflicto entre órganos constitucionales n.º 192-2026

 18/02/2026
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Conflicto entre órganos constitucionales n.º 192-2026, en relación con el acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados, de 11 de noviembre de 2025, de no proceder a la tramitación por el Pleno del Congreso de los Diputados de las enmiendas números 118 y 148 aprobadas por el Pleno del Senado por las que se incorporan un artículo 61 bis y una disposición transitoria undécima al Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible, por haber expresado el Gobierno su disconformidad con la tramitación de las mismas (BOE de 18 de febrero de 2026). Texto completo.

CONFLICTO ENTRE ÓRGANOS CONSTITUCIONALES N.º 192-2026, EN RELACIÓN CON EL ACUERDO DE LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, DE 11 DE NOVIEMBRE DE 2025, DE NO PROCEDER A LA TRAMITACIÓN POR EL PLENO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS DE LAS ENMIENDAS NÚMEROS 118 Y 148 APROBADAS POR EL PLENO DEL SENADO POR LAS QUE SE INCORPORAN UN ARTÍCULO 61 BIS Y UNA DISPOSICIÓN TRANSITORIA UNDÉCIMA AL PROYECTO DE LEY DE MOVILIDAD SOSTENIBLE, POR HABER EXPRESADO EL GOBIERNO SU DISCONFORMIDAD CON LA TRAMITACIÓN DE LAS MISMAS.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de febrero de 2026, ha acordado admitir a trámite el conflicto entre órganos constitucionales número 192-2026, promovido por el Senado frente al Congreso de los Diputados, en relación con el acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados, de 11 de noviembre de 2025, de no proceder a la tramitación por el Pleno del Congreso de los Diputados de las enmiendas números 118 y 148 aprobadas por el Pleno del Senado por las que se incorporan un artículo 61 bis y una disposición transitoria undécima al Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible, por haber expresado el Gobierno su disconformidad con la tramitación de las mismas.

Madrid, 11 de febrero de 2026.-El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

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