Ayudas destinadas al "Programa de impulso a las ciudades y territorios inteligentes para el fomento del desarrollo económico y productivo"

 30/01/2026
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Extracto de la Orden TDF/1559/2025, de 26 de diciembre, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al "Programa de impulso a las ciudades y territorios inteligentes para el fomento del desarrollo económico y productivo", y se procede a su convocatoria correspondiente al ejercicio 2025 (BOE de 30 de enero de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN TDF/1559/2025, DE 26 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS DESTINADAS AL "PROGRAMA DE IMPULSO A LAS CIUDADES Y TERRITORIOS INTELIGENTES PARA EL FOMENTO DEL DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCTIVO", Y SE PROCEDE A SU CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2025.

BDNS(Identif.):881920

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/881920)

Primero. Beneficiarios:

En el procedimiento de selección podrán participar todas aquellas entidades locales definidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como las comunidades autónomas uniprovinciales, en los términos establecidos en las Bases Reguladoras.

Además, las entidades solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 6 "Beneficiarios y Requisitos" de las Bases Reguladoras.

Segundo. Objeto:

Se convocan ayudas para el año 2025, en los términos establecidos en las Bases Reguladoras destinadas al "Programa de impulso a las ciudades y territorios inteligentes para el fomento del desarrollo económico y productivo".

Concesión en régimen de concurrencia competitiva, y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, de ayudas en especie a entidades locales que participen en el programa.

La finalidad de estas ayudas en especie es el desarrollo por parte de Red.es de las iniciativas de las entidades locales que resulten seleccionadas, consistentes en actuaciones de dotación de infraestructuras tecnológicas y soluciones asociadas, para favorecer el desarrollo económico en la ciudad o territorio mediante la utilización de tecnologías; así como en actuaciones dirigidas a la puesta en valor, a través de la utilización de tecnologías avanzadas, de los datos recogidos por las ciudades y territorios, y al aprovechamiento de su potencial para la actividad económica y empresarial, favoreciendo el desarrollo de nuevos servicios y la innovación.

Tercero. Bases Reguladoras:

Orden TDF/1559/2025, de 26 de diciembre, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al "Programa de impulso a las ciudades y territorios inteligentes para el fomento del desarrollo económico y productivo", y se procede a su convocatoria correspondiente al ejercicio 2025.

Cuarto. Importe:

El presupuesto de la Convocatoria es de ochenta y nueve millones ciento cincuenta y cinco mil seiscientos treinta y dos euros (89.155.632 €).

Este presupuesto, debido a la disponibilidad de Fondos Europeos del periodo de programación FEDER 2021-2027, se distribuye regionalmente en las cantidades expresadas en el artículo 29 "Financiación" del Capítulo III "Convocatoria de las ayudas para el ejercicio 2025" de la Orden de Bases, y son cantidades que se refieren a la totalidad del presupuesto, incluyendo por tanto el porcentaje correspondiente a la aportación de las entidades locales participantes.

El presupuesto de cada iniciativa presentada no podrá ser inferior a un millón quinientos mil euros (1.500.000 euros), ni superior a seis millones de euros (6.000.000 euros), impuestos indirectos aplicables incluidos.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de dos (2) meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Sexto. Otros datos:

El porcentaje de cofinanciación de cada entidad participante variará en función de la región, en base a lo establecido en el artículo 11 "Financiación y cuantía de la subvención" de las Bases Reguladoras. Porcentaje que depende de las tasas de retorno de los fondos FEDER gestionados por Red.es en el marco del Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027.

Teniendo en cuenta la distribución regional del presupuesto indicada en la Convocatoria, al elaborar la propuesta de resolución, se procederá según lo que señala el artículo 18 "Iniciación, Instrucción del Procedimiento y Comisión de Evaluación" de las Bases Reguladoras. Si no hubiese beneficiarios suficientes en alguna de las Comunidades Autónomas para alcanzar la cifra disponible en su Comunidad, el presupuesto total de la Convocatoria será minorado en la diferencia.

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