DECRETO 1/2026, DE 19 DE ENERO, DEL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, POR EL QUE SE CONVOCAN ELECCIONES A LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN.
El artículo 27.1 a) y b) del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, de conformidad con la redacción dada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre , dispone que, como supremo representante de la Comunidad Autónoma, corresponde al Presidente de la Junta de Castilla y León acordar la disolución de las Cortes de Castilla y León y convocar elecciones.
Asimismo, el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, dispone que la convocatoria de Elecciones a las Cortes de Castilla y León se realizará de acuerdo con lo previsto en la legislación reguladora del Régimen Electoral General, mediante Decreto del Presidente de la Junta de Castilla y León.
Procede aplicar la normativa citada, al haberse agotado de manera ordinaria la legislatura por cumplirse este año el plazo de duración del mandato de los Procuradores/as.
En su virtud, de acuerdo con las facultades atribuidas por los artículos 27.1 a) y b) del Estatuto de Autonomía y por el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, previa deliberación de la Junta de Castilla y León,
DISPONGO
Artículo 1. Se disuelven las Cortes de Castilla y León y se convocan elecciones a las mismas, que se celebrarán el domingo 15 de marzo de 2026.
Artículo 2. En aplicación de lo establecido en los artículos 21.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y 19 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo , Electoral de Castilla y León, integrarán las Cortes de Castilla y León ochenta y dos Procuradores/as, correspondiendo elegir en cada circunscripción electoral el siguiente número:
Tabla omitida.
Artículo 3. La campaña electoral tendrá una duración de quince días, comenzando a las cero horas del 27 de febrero de 2026 y finalizando a las veinticuatro horas del 13 de marzo de 2026.
Artículo 4. La sesión constitutiva de las Cortes de Castilla y León tendrá lugar el día 14 de abril de 2026 a las 11:30 horas.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
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