CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 3632-2025, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 4 C) DEL DECRETO-LEY DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS 11/2020, DE 10 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE UN RÉGIMEN SANCIONADOR ESPECÍFICO PARA AFRONTAR LOS INCUMPLIMIENTOS DE LAS DISPOSICIONES DICTADAS PARA PALIAR LOS EFECTOS DE LA CRISIS OCASIONADA POR LA COVID-19.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de enero de 2026, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3632-2025 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Palma de Mallorca, en el procedimiento abreviado núm. 392-2022, en relación con el artículo 4 c) del Decreto-ley de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears 11/2020, de 10 de julio, por el que se establece un régimen sancionador específico para afrontar los incumplimientos de las disposiciones dictadas para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento abreviado núm. 392-2022, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.
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