Subvenciones para proyectos de creación, mejora y ampliación de servicios básicos en zonas rurales

 14/01/2026
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Extracto de la Resolución de 19 de diciembre 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de creación, mejora y ampliación de servicios básicos en zonas rurales, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agrícola común 2023-2027 en Galicia, y se anuncia la convocatoria para el año 2026, mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento MR711D) (DOG de 13 de enero de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 19 DE DICIEMBRE 2025 POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE CREACIÓN, MEJORA Y AMPLIACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS EN ZONAS RURALES, COFINANCIADAS CON EL FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL (FEADER) EN EL MARCO DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN 2023-2027 EN GALICIA, Y SE ANUNCIA LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2026, MEDIANTE TRAMITACIÓN ANTICIPADA DE GASTO (CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO MR711D).

BDNS (Identif.): 880497.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/880497

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarios de las ayudas gestionadas al amparo de estas bases reguladoras los ayuntamientos de Galicia que cumplan los siguientes requisitos:

a) Haber remitido al Consejo de Cuentas de Galicia las cuentas del último ejercicio presupuestario a que legalmente esté obligado, antes del vencimiento del plazo de presentación de la solicitud de ayuda.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de Galicia.

c) Tener la titularidad o, en su caso, la disponibilidad durante un período mínimo de cinco años de los bienes sobre los que se va a actuar.

Segundo. Objeto

El objeto de esta resolución es establecer las bases reguladoras de las ayudas que gestiona la Agencia Gallega de Desarrollo Rural en el marco de la intervención 6872, Inversiones en servicios básicos en zonas rurales (subintervención 6872_07, Servicios básicos en entidades de población), del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 en Galicia para proyectos de creación, mejora y ampliación de servicios básicos locales en entidades de población ubicadas en las zonas rurales de Galicia, y convocar las correspondientes al ejercicio presupuestario 2026.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 19 de diciembre 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de creación, mejora y ampliación de servicios básicos en zonas rurales, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agrícola común 2023-2027 en Galicia, y se anuncia la convocatoria para el año 2026, mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento MR711D).

Cuarto. Cuantía

Para la financiación de esta convocatoria está previsto un crédito de 5.000.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 15-A1-712A-760.0 de los presupuestos de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural para el año 2026 (código de proyecto 2026-00002).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes de ayuda será de un (1) mes desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG.

Se entenderá como último día del plazo lo correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación; si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hay día equivalente a la inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

Sexto. Otros datos

El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, en los términos previstos en el artículo 20 y siguientes de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

La ayuda financiará el 100 % de los gastos subvencionables, hasta el importe máximo de 100.000 € de ayuda.

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