Modificación y prorrogación del “Plan de Capacitación Digital de Andalucía 2022-2025”

 09/01/2026
 Compartir: 

Acuerdo de 30 de diciembre de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica y prorroga el “Plan de Capacitación Digital de Andalucía 2022-2025” al ejercicio 2026 (BOJA de 8 de enero de 2026). Texto completo.

ACUERDO DE 30 DE DICIEMBRE DE 2025, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE MODIFICA Y PRORROGA EL “PLAN DE CAPACITACIÓN DIGITAL DE ANDALUCÍA 2022-2025” AL EJERCICIO 2026

El artículo 34 del Estatuto de Autonomía para Andalucía reconoce el derecho a acceder y usar las nuevas tecnologías y a participar activamente en la sociedad del conocimiento, la información y la comunicación, mediante los medios y recursos que la ley establezca.

El apartado cuatro del artículo único del Decreto del Presidente 5/2025, de 15 de octubre, por el que se modifica el artículo 10 del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, atribuye a la Consejería de Industria, Energía y Minas las competencias en materia de estrategia digital y le adscribe la Agencia Digital de Andalucía.

En este mismo sentido, el artículo 1.2 del Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, modificado por Decreto 168/2025, de 5 de noviembre , dice que corresponden a dicha Consejería “las competencias sobre la estrategia digital, como marco común y unificado de referencia para la elaboración, desarrollo e implantación de un modelo digital en la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, orientada a la prestación de servicios públicos, la planificación, impulso y coordinación de los programas relacionados con el desarrollo de las competencias digitales, la transformación digital y la incorporación de las empresas a la economía y el emprendimiento digitales, así como el desarrollo de la infraestructura de telecomunicaciones en Andalucía”.

La Agencia Digital de Andalucía es una agencia administrativa de las previstas en los artículos 54.2.a) y 65 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, creada mediante la disposición adicional vigesimosegunda de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre , del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, y cuyos Estatutos se aprobaron mediante el Decreto 128/2021, de 30 de marzo .

Conforme a lo dispuesto en el artículo 6.2.a) de los Estatutos de la Agencia Digital Andalucía, aprobados mediante el Decreto 128/2021, de 30 de marzo , le corresponde a ésta, entre otros fines, la definición y ejecución de los instrumentos de tecnologías de la información, telecomunicaciones, ciberseguridad y gobierno abierto y su estrategia digital, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía, sus agencias administrativas y sus agencias de régimen especial.

Asimismo, el artículo 6.3 de sus Estatutos, para el ejercicio de sus fines corresponden a la Agencia Digital de Andalucía las siguientes funciones y competencias:

b) La ejecución de las políticas de impulso de la sociedad de la información en Andalucía, así como el diseño y ejecución de programas destinados a fomentar el acceso y uso de los servicios digitales por parte de la ciudadanía, contribuyendo a la reducción de las brechas digitales.

c) La dirección, gestión y ejecución de proyectos e iniciativas de transformación digital de carácter corporativo y sectorial de la Administración Pública de la Junta de Andalucía.

p) La promoción del uso seguro y responsable de Internet y las nuevas tecnologías por parte de la ciudadanía, así como, el desarrollo de programas de capacitación y certificación en competencias digitales dirigidos a la ciudadanía.

Este marco competencial se desenvuelve en un proceso de transformación digital global que está alterando profundamente los modelos económicos, sociales y administrativos a nivel mundial. El uso intensivo de la tecnología ha generado nuevas formas de interacción, nuevas oportunidades económicas, y una sociedad crecientemente organizada en torno al dato, la inteligencia digital y la automatización. Este entorno cambiante y en constante evolución plantea retos importantes, pero también grandes oportunidades de progreso y desarrollo si se abordan con visión estratégica e inclusiva.

En este contexto, la capacitación digital se ha convertido en un factor esencial para la participación activa en la sociedad actual, el acceso al empleo, la mejora de la competitividad empresarial y la modernización de los servicios públicos. Por ello, la Junta de Andalucía ha situado la transformación digital como una prioridad estratégica, articulando un conjunto de políticas públicas para garantizar que la digitalización llegue a todos los rincones del territorio de forma inclusiva, equitativa y eficaz.

En el marco de la decidida apuesta del Gobierno de la Junta de Andalucía por avanzar hacia una sociedad digital inclusiva y cohesionada, la Agencia Digital de Andalucía es la entidad pública encargada de liderar la transformación digital de la región.

Desde su puesta en marcha, la Agencia Digital de Andalucía ha venido desarrollando actuaciones estratégicas para llevar la digitalización a todos los rincones del territorio, convertir la tecnología en un motor de desarrollo económico, y garantizar que ningún colectivo quede al margen de los beneficios del proceso de transformación digital.

Entre sus principales instrumentos de acción se encuentra el “Plan de Capacitación Digital de Andalucía 2022-2025”, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 20 de diciembre de 2022 (BOJA núm. 245, de 23 de diciembre de 2022), que ha marcado la hoja de ruta en materia de formación digital para la ciudadanía, el personal empleado público, el tejido empresarial, los profesionales de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), el ámbito educativo y el sector sanitario.

Desde su entrada en vigor, el Plan ha desplegado un conjunto coordinado de actuaciones que han generado un alto impacto: más de 17.000 acciones formativas desarrolladas, en las que han participado más de 900.000 personas. De los contenidos desarrollados, se han realizado más de 174.000 consultas, entre visualizaciones y descargas. En total se han registrado más de 1.649.000 participaciones en las diferentes actuaciones de capacitación desarrolladas.

El modelo de gobernanza del Plan, participativo y flexible, ha permitido su adaptación continua a las necesidades del entorno. En este sentido, el pasado 9 de abril de 2025, la Comisión de Coordinación del Plan, además de presentar el informe de Ejecución Anual de 2024 referenciado en el apartado 6.5. Informes de seguimiento y evaluación del referido Plan, aprobó su modificación y prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026, a fin de consolidar las iniciativas en marcha, asegurar la ejecución de aquellas aún pendientes, y garantizar su alineación con los principales marcos estratégicos y de financiación vigentes, como el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) o el Plan Nacional de Competencias Digitales.

Por tanto, resulta adecuado prorrogar el Plan hasta el 31 de diciembre de 2026, cambiando así su denominación, que pasará a ser la de “Plan de Capacitación Digital de Andalucía 2022-2026”.

Asimismo, procede modificar el Plan, siendo de destacar la revisión de sus iniciativas, que pasan a ser un total de cuarenta y una, tras suprimirse tres (2.7, 2.13 y 5.7) e incorporarse una nueva (2.14). A este respecto, la prórroga del Plan permite revisar las iniciativas actuales, adaptándose al nuevo horizonte. Se incluyen cambios en 34 de las 43 iniciativas iniciales, lo que representa más del 75% de las iniciativas de todo el Plan.

Finalmente, también destaca la reformulación de indicadores de impacto y mejoras en el modelo de gobernanza, de manera que se produce una adaptación de los indicadores para una mejor alineación con los objetivos estratégicos establecidos, así como para garantizar la disponibilidad y precisión de los datos.

Los indicadores afectados por esta medida son los siguientes:

- En relación con el Objetivo Estratégico 1 “Mejorar las competencias digitales de la ciudadanía desde un enfoque universal”, inclusión de los indicadores “% de la población con habilidades digitales limitadas”, “% de la población con habilidades digitales reducidas” y “% de la población con habilidades digitales bajas”.

- En relación con el Objetivo Estratégico 3 “Capacitar al personal profesional de empresas andaluzas en el uso y aprovechamiento de la tecnología”, reformulación del indicador “% de población con certificación en competencias digitales” por “% de población con certificación andaluza en competencias digitales”.

- En relación con el Objetivo Estratégico 4 “Desarrollar las competencias digitales avanzadas de profesionales TIC y su ejercicio”, reformulación del indicador “% de la población especialista en TIC” por “% de personal especialista en TIC sobre el total de personal” y del indicador “% de la población mujer especialista en TIC” por “% de mujeres especialistas TIC sobre el total de especialistas TIC”.

- En relación con el Objetivo Estratégico 6, “Desarrollar y promover el interés por la tecnología en edades tempranas”, reformulación del indicador “Nivel de concienciación e interés de jóvenes por materias STEM” por “% de alumnado matriculado en Bachillerato en la modalidad de Ciencias y Tecnología”.

Por último, en lo que respecta a las mejoras en el modelo de gobernanza, se actualiza su estructura con el fin de dotarla de mayor agilidad y eficacia en la gestión. Esta revisión implica una redistribución de funciones entre los órganos de gestión del Plan, otorgando un papel más relevante al Comité de Redacción, Seguimiento y Evaluación y fortaleciendo la capacidad de actuación de la Comisión de Coordinación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria, Energía y Minas, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.12 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 30 de diciembre de 2025, se adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Modificar el “Plan de Capacitación Digital de Andalucía 2022-2025” y prorrogar su vigencia al ejercicio 2026, conforme al informe técnico elevado por la Agencia Digital de Andalucía y validado por los órganos de seguimiento y coordinación del Plan.

Segundo. Aprobar el cambio de denominación del “Plan de Capacitación Digital de Andalucía 2022-2025”, que pasa a ser “Plan de Capacitación Digital de Andalucía 2022-2026”.

Tercero. Incluir como anexo al presente acuerdo el nuevo texto del “Plan de Capacitación Digital de Andalucía 2022-2026”, en el que se incorporan las modificaciones que se han realizado al mismo.

Cuarto. El desarrollo del Plan y la programación temporal de sus actuaciones estarán limitadas por las disponibilidades presupuestarias existentes.

Quinto. Ordenar la publicación del “Plan de Capacitación Digital de Andalucía 2022-2026” en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, en la sección relativa a planes y programas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/planificacion-evaluacion-estadistica/planes.html

Sexto. Instar a la Agencia Digital de Andalucía, en colaboración con las Consejerías y entidades implicadas, a continuar con la ejecución del Plan, asegurando el cumplimiento de sus objetivos estratégicos y la adecuada gestión de los fondos públicos comprometidos.

Séptimo. Facultar a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía para dictar cuantas disposiciones y actos sean necesarios para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Octavo. El presente acuerdo surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana