Programa estadístico anual

 08/01/2026
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Decreto 128/2025, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Programa estadístico anual de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2026 (DOG de 7 de enero de 2026). Texto completo.

DECRETO 128/2025, DE 29 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA ESTADÍSTICO ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA PARA 2026.

El Plan gallego de estadística es, conforme al artículo 17 de la Ley 6/2024, de 27 de diciembre, de estadística de Galicia, el instrumento de ordenación y planificación de la estadística gallega. Para su desarrollo y ejecución, el Consello de la Xunta, a propuesta de la persona titular de la consellería a la que esté adscrito el Instituto Gallego de Estadística, aprobará mediante decreto un programa estadístico que tendrá la vigencia de un año natural, conforme establece el artículo 19 de la citada ley.

El Plan gallego de estadística 2022-2026, aprobado por la Ley 16/2021, de 20 de diciembre , prevé que los programas estadísticos anuales incluyan la relación de operaciones, actividades estadísticas y actividades de interés estadístico que satisfagan sus objetivos, recogiendo para cada una de ellas las características que se determinan en su artículo 9. Además, los programas incluirán una relación de las actividades vinculadas con las líneas de actuación destacables del artículo 6.5.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 6/2024, de 27 de diciembre, de estadística de Galicia, el Instituto Gallego de Estadística elaboró, en colaboración con los órganos estadísticos sectoriales, el proyecto del Programa estadístico anual 2026, que fue consultado con el Consejo Gallego de Estadística, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la citada ley.

En virtud de todo lo anterior, a propuesta de la persona titular de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco,

DISPONGO:

Artículo 1. Aprobación del Programa estadístico anual 2026

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 6/2024, de 27 de diciembre, de estadística de Galicia, y en el artículo 3.2 de la Ley 16/2021, de 20 de diciembre, del Plan gallego de estadística 2022-2026, se aprueba el Programa estadístico anual de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2026. Este programa incluye las operaciones y las actividades estadísticas, entre ellas, las resultantes de explotar la Base de datos sociodemográfica y las bases de datos empresariales previstas en el artículo 25 de la Ley 6/2004 y en el artículo 7 de la Ley 16/2021, así como las actividades de interés estadístico que dan cumplimiento a los objetivos del plan, realizadas por el Instituto Gallego de Estadística, los órganos superiores de la Administración general y las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico, que coordinarán su actuación mediante los órganos estadísticos sectoriales.

En los anexos I, II, III y IV se recogen, se clasifican y se describen las operaciones y actividades programadas. En el anexo V figuran las modificaciones con respecto al programa 2025.

Artículo 2. Objetivos informativos

Los objetivos informativos del artículo 6 de la Ley 16/2021, de 20 de diciembre, del Plan gallego de estadística 2022-2026, comprenden las metas de información, la obligación de considerar las perspectivas de género y edad y las líneas de actuación destacables.

1. Metas de información.

El plan recoge en el anexo II las metas de información estadística, que constituyen sus objetivos específicos de información. Para cumplir estos objetivos, se programan en 2026 las operaciones y actividades estadísticas incluidas en el anexo I de este decreto.

2. Perspectivas de género y edad.

Las operaciones y las actividades estadísticas programadas deberán tener en cuenta las perspectivas de género y edad. Las incluidas en el programa que recaben datos sobre personas físicas se deberán recoger y difundir por sexo y grupo de edad, siempre que las restricciones técnicas de secreto estadístico y la primacía de la perspectiva de género lo permitan.

3. Líneas de actuación destacables.

Dentro de los objetivos informativos y como líneas de actuación destacables, la Ley 16/2021, de 20 de diciembre , del Plan gallego de estadística 2022-2026, encomienda impulsar el uso de la información estadística disponible para mejorar el seguimiento y la evaluación de las políticas públicas y profundizar en el análisis de las siguientes materias: demografía, estructura sociolaboral, estructura sociocultural, cohesión territorial, coyuntura económica y estructura económica. En el anexo IV de este programa figuran las actividades de interés estadístico con las actuaciones concretas a realizar en 2026 para avanzar en el objetivo de incrementar el valor de la información disponible. Además de esas, es necesario añadir otras actuaciones de interés estadístico de carácter incipiente, vinculadas con las líneas de actuación destacables, que se presentan a continuación:

a) Línea de actuación destacable 1. Demografía.

Revisión de la metodología de las proyecciones de hogares.

b) Línea de actuación destacable 2. Estructura sociolaboral.

Aproximación a las personas activas, ocupadas y paradas a partir de los registros administrativos.

c) Línea de actuación destacable 5. Coyuntura económica.

Desarrollo de nuevos modelos de ecuaciones de previsión macroeconómica a medio plazo.

d) Línea de actuación destacable 6. Estructura económica.

- Análisis de métodos y fuentes para elaborar unas cuentas ambientales y forestales en Galicia.

- Análisis de métodos y fuentes para elaborar una cuenta satélite del turismo en Galicia.

- Análisis de métodos y fuentes para elaborar unas cuentas distributivas del sector hogares.

- Estudio metodológico para la elaboración de indicadores de apoyo a los planes directores de sectores industriales estratégicos de Galicia.

- Análisis de métodos y fuentes para analizar el sector de la defensa, seguridad y aeroespacio en Galicia.

- Estudio para definir indicadores sectoriales empresariales en Galicia.

- Estudio metodológico para investigar el desperdicio alimentario en Galicia.

- Estudio para incorporar la cuenta de producción doméstica de Galicia a la nueva edición de la encuesta de empleo del tiempo del INE

e) Línea de actuación destacable 7. Seguimiento y evaluación de las políticas públicas.

- Análisis de las necesidades de información para el seguimiento y evaluación de políticas públicas.

- Evaluación de políticas públicas mediante microdatos.

Artículo 3. Objetivos instrumentales

Para cubrir estos objetivos y otros del plan, se programan en 2026 las actividades de interés estadístico incluidas en el anexo IV de este decreto.

Artículo 4. Objetivos de calidad

Para cubrir estos objetivos y otros del plan, se programan en 2026 las actividades de interés estadístico incluidas en el anexo IV de este decreto.

Artículo 5. Carácter de las operaciones estadísticas

Las operaciones incluidas en los programas anuales con proyecto técnico se considerarán oficiales después de la publicación de sus resultados.

Disposición adicional

Las actuaciones estadísticas de este programa se realizarán dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes en el estado de gastos del presupuesto de la Comunidad Autónoma para 2026.

Disposición final primera

Se faculta a la persona titular de la Secretaría General de la Oficina de Coordinación Económica de la Presidencia para dictar cuantos actos y medidas sean necesarios para ejecutar esta norma.

Disposición final segunda

Esta disposición entrará en vigor el 1 de enero de 2026.

Anexos

Omitidos.

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