ORDEN AGA/1759/2025, DE 8 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ABRE PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE LAS AYUDAS SOBRE LOS DAÑOS EN PRODUCCIONES E INFRAESTRUCTURAS DE LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS PRODUCIDOS EN EL TERRITORIO DE ARAGÓN COMO CONSECUENCIA DE LAS INUNDACIONES, DESPRENDIMIENTOS, AVENIDAS Y DESBORDAMIENTOS DE RÍOS Y BARRANCOS GENERADAS POR LAS LLUVIAS TORRENCIALES ACAECIDAS ENTRE LOS DÍAS 12 DE AGOSTO A 28 DE SEPTIEMBRE DE 2025, REGULADAS EN LA ORDEN AGA/1351/2025, DE 16 DE OCTUBRE, PARA LOS NUEVOS MUNICIPIOS AFECTADOS.
Con fecha 3 de octubre de 2025, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 192, el Decreto-ley 6/2025, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas para la reparación urgente de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón en situaciones de emergencia de protección civil.
Entre las medidas recogidas en el Decreto-ley 6/2025, de 2 de octubre, se encontraban las ayudas para la compensación y restauración por daños en las producciones y explotaciones agrícolas y ganaderas previendo su disposición final segunda que la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones y ayudas y sus convocatorias se producirá en el plazo máximo de quince días desde su entrada en vigor.
A tales efectos, el 17 de octubre de 2025 se publicó la Orden AGA/1351/2025, de 16 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas sobre los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las inundaciones, desprendimientos, avenidas y desbordamientos de ríos y barrancos generadas por las lluvias torrenciales acaecidas entre los días 12 de agosto a 28 de septiembre de 2025.
Por otra parte, la disposición final tercera del Decreto-ley 6/2025, de 2 de octubre, habilita al Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública para que mediante orden, pueda modificar el listado de los términos municipales afectados en función de los daños producidos que se pudieran identificar con posterioridad a la aprobación de esta norma.
Con fecha 5 de diciembre de 2025, se ha publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 236, la Orden HAP/1687/2025, de 2 de diciembre, por la que se modifica el anexo del Decreto-ley 6/2025, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas para la reparación urgente de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón en situaciones de emergencia de protección civil, incluyendo los municipios de Lalueza de la Comarca de Los Monegros, y el de Monesma y Cajigar de la Comarca de La Ribagorza.
Como consecuencia de ello es necesario abrir de nuevo el plazo de solicitud de ayudas establecido en la Orden AGA/1351/2025, de 16 de octubre, para los nuevos municipios afectados.
De conformidad con lo previsto en el Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, el Decreto 105/2024, de 13 de julio , del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y del Decreto 32/2024, de 28 de febrero , del Gobierno de Aragón, que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, corresponde a este Departamento la planificación y dirección del programa de seguros agrarios y de los daños extraordinarios a las infraestructuras y producciones agrarias ocasionadas por causas naturales, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural.
En su virtud resuelvo,
Primero.- Plazo de presentación de solicitudes para los nuevos municipios incluidos en la Orden HAP/1687/2025, de 2 de diciembre, por la que se modifica el anexo del Decreto-ley por el que se establecen medidas para la reparación urgente de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón en situaciones de emergencia de protección civil.
1. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón" y finalizará el 22 de diciembre de 2025.
2. Las solicitudes presentadas, se acumularán a las presentadas anteriormente llevándose a cabo una misma instrucción.
Segundo.- Régimen de recursos.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio , reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
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