ORDEN DE 5 DE DICIEMBRE DE 2025 POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN RECTOR DE USO Y GESTIÓN DE LA RESERVA NATURAL DE LA GARGANTA DE LOS INFIERNOS Y SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DEL MISMO.
Por Decreto 132/1994, de 14 de noviembre, se declara la Reserva Natural de la Garganta de los Infiernos con la finalidad de proteger los excepcionales valores naturales de este enclave situado en la comarca del Valle del Jerte.
La Ley 8/1998, de 26 de junio , de conservación de la naturaleza y espacios naturales de Extremadura establece la existencia obligatoria de un Plan Rector de Uso y Gestión para, entre otros espacios naturales protegidos, las Reservas Naturales y califica a los mismos como el instrumento básico de gestión.
La Ley 9/2006, de 23 de diciembre, por la que se modifica la anterior ley, añade la definición de Área Protegida, siendo tales, los Espacios Naturales Protegidos y las Zonas de la Red Natura 2000 que hayan sido declarados o clasificados como tales, conforme a lo dispuesto en dicha Ley.
Se aprueba como instrumento de gestión de la Reserva Natural la Orden de 28 de enero de 2008 por la que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva Natural de la Garganta de los Infiernos y se ordena la publicación del mismo.
Dicho Plan establecía una vigencia inicial indefinida y una evaluación de resultados dentro del plazo de 6 años desde su aprobación, procediendo a su revisión o a la elaboración de uno nuevo, por las causas expuestas en el punto 7.1.
Trascurrido dicho periodo de tiempo desde el anterior Plan Rector de Uso y Gestión (Orden de 28 de enero de 2008), se ha redactado uno nuevo, con las modificaciones pertinentes relativas al desarrollo del capítulo relativo al uso público, a la agricultura tradicional de montaña en el Valle del Jerte, a quemas controladas y a ciertos ajustes cartográficos derivados de la actualización de los sistemas de medición actuales.
El procedimiento de aprobación de los Planes Rectores de Uso y Gestión viene establecido en el artículo 51 de la Ley de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura y, siguiendo este procedimiento, el 25 de abril de 2024, el Director General de Sostenibilidad, dictó una Resolución por la que iniciaba el procedimiento de modificación de la Orden de 28 de enero de 2008 por la que se aprueba el plan rector de uso y gestión de la reserva natural de la garganta de los infiernos y se ordena la publicación del mismo".
En su elaboración se han tenido en cuenta la normas en materia de igualdad, integrándose su contenido en los preceptos de la Ley 8/2011, de 23 de marzo , de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura.
Se siguen los trámites del citado artículo 51, entre ellos, audiencia a propietarios y propietarias de terrenos ubicados el ámbito de la norma, a varias asociaciones y organizaciones representativas de diversos intereses, Ayuntamientos, otras Administraciones públicas y se solicitan los informes legalmente exigidos. Se somete a Audiencia e Información Pública, mediante Anuncio de 18 de julio de 2024.
Posteriormente el proyecto es informado por la Junta Rectora de la Reserva Natural. Tanto las alegaciones como los informes recibidos son atendidos e incorporados total o parcialmente al proyecto definitivo, que, una vez aprobado por la Dirección General de Sostenibilidad, es informado favorablemente por el Consejo Asesor de Medio Ambiente en su reunión de 02 de octubre de 2024.
Conforme a lo establecido en el artículo 51, el Consejo de Gobierno, en reunión de 25 de noviembre de 2025, conoce el Plan Rector de Uso y Gestión de la Garganta de los Infiernos.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con el artículo 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
DISPONGO:
Artículo único. Aprobación del Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva Natural de la Garganta de los Infiernos.
Se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva Natural de la Garganta de los Infiernos, integrado por la parte dispositiva y el plano de zonificación, que se contienen, respectivamente, en los anexos I y II de la presente orden.
Disposición derogatoria única. Derogatoria normativa.
Queda derogada la Orden de 28 de enero de 2008, por la que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva Natural de la Garganta de los Infiernos y se ordena la publicación del mismo.
Queda derogada la Resolución de 2 de julio de 1997, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se regulan las zonas de baño en la Reserva Natural de Garganta de los Infiernos, de los términos municipales de Tornavacas, Jerte y Cabezuela del Valle.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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