Subvenciones para el fomento de las tecnologías limpias y eficientes en el uso de los recursos

 15/12/2025
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Orden PEJ/1724/2025, de 4 de diciembre, por la que se modifica la Orden PEJ/956/2025, de 4 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones, dentro del programa FEDER Aragón 2021-2027, Prioridad STEP "Tecnologías limpias y eficientes", para el fomento de las tecnologías limpias y eficientes en el uso de los recursos por parte de las empresas aragonesas a través de inversiones productivas, y convocatoria para el año 2025 (BOA de 12 de diciembre de 2025). Texto completo.

ORDEN PEJ/1724/2025, DE 4 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN PEJ/956/2025, DE 4 DE AGOSTO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES, DENTRO DEL PROGRAMA FEDER ARAGÓN 2021-2027, PRIORIDAD STEP "TECNOLOGÍAS LIMPIAS Y EFICIENTES", PARA EL FOMENTO DE LAS TECNOLOGÍAS LIMPIAS Y EFICIENTES EN EL USO DE LOS RECURSOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS ARAGONESAS A TRAVÉS DE INVERSIONES PRODUCTIVAS, Y CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2025

Con fecha 8 de agosto de 2025, se publica en "Boletín Oficial de Aragón", número 152, la Orden PEJ/956/2025, de 4 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones, dentro del Programa FEDER Aragón 2021-2027, Prioridad STEP "Tecnologías limpias y eficientes", para el fomento de las tecnologías limpias y eficientes en el uso de los recursos por parte de las empresas aragonesas a través de inversiones productivas, y se procede a su convocatoria para el año 2025.

El artículo 55.2 de la citada Orden establece, la documentación justificativa deberá aportarse de forma telemática, a través de la Sede electrónica de la Administración Pública de Aragón, a través del Servicio de Soporte de Tramitación, en el apartado "Aportaciones", disponible en el enlace www.aragon.es/tramites/aportacion-de-documentos-a-procedimientos-en-tramite

Sin embargo, no habiéndose publicado la resolución de la convocatoria, no pudiendo, por tanto, presentar documentación justificativa por parte de las empresas, se estima necesaria la modificación de la mencionada Orden de forma que se otorgue un plazo suficiente y razonable para la presentación de solicitudes.

En su virtud y de acuerdo con la competencia atribuida al Departamento de Presidencia, Economía y Justicia para aprobar la convocatoria de las citadas ayudas, dispongo:

Primero.- Modificación del plazo de presentación de documentación justificativa.

Se modifica el 55.2, de la Orden PEJ/956/2025, de 4 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones, dentro del programa FEDER Aragón 2021-2027, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas, dentro del Programa FEDER Aragón 2021-2027, Prioridad STEP "Tecnologías limpias y eficientes", para el fomento de las tecnologías limpias y eficientes en el uso de los recursos por parte de las empresas aragonesas a través de inversiones productivas, quedando redactado en los siguientes términos:

"La documentación justificativa deberá aportarse de forma telemática, a través de la Sede electrónica de la Administración Pública de Aragón, a través del Servicio de Soporte de Tramitación, en el apartado "Aportaciones", disponible en el enlace www.aragon.es/tramites/aportacion-de-documentos-a-procedimientos-en-tramite

Segundo.- Alcance de la modificación.

La modificación contemplada en esta Orden no implica la alteración del resto de los términos establecidos en la convocatoria efectuada mediante la citada Orden.

Tercero.- Efectos.

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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