Relación actualizada y consolidada de las tarifas aplicables en materia de Inspección Técnica de Vehículos

 11/12/2025
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Resolución de 1 de diciembre de 2025, del director de Desarrollo y Administración Industrial, por la que se aprueba la relación actualizada y consolidada de las tarifas aplicables en materia de Inspección Técnica de Vehículos por las entidades concesionarias del servicio, para el año 2026 (BOPV de 10 de diciembre de 2025). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 1 DE DICIEMBRE DE 2025, DEL DIRECTOR DE DESARROLLO Y ADMINISTRACIÓN INDUSTRIAL, POR LA QUE SE APRUEBA LA RELACIÓN ACTUALIZADA Y CONSOLIDADA DE LAS TARIFAS APLICABLES EN MATERIA DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS POR LAS ENTIDADES CONCESIONARIAS DEL SERVICIO, PARA EL AÑO 2026

El Decreto 60/2000, de 4 de abril, modificado por el Decreto 48/2004, de 16 de marzo, determina las funciones de inspección, tramitación y gestión, dentro del ámbito de la seguridad de los vehículos automóviles, que podrán ser asignadas a las entidades concesionarias del servicio de inspección técnica de vehículos.

El artículo 7 del citado Decreto 60/2000, de 4 de abril, prevé lo siguiente: “Las tarifas correspondientes a cada una de las inspecciones que pueden realizar los Concesionarios, serán las previstas en las disposiciones de desarrollo del presente Decreto. Las referidas tarifas se actualizarán anualmente de acuerdo con las evoluciones de la reglamentación en materia de inspección de vehículos, el progreso tecnológico, así como, en su caso, en función de las variaciones del índice de precios al consumo”.

Las tarifas actualmente exigibles en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el ámbito de la Inspección Técnica de Vehículos por las entidades concesionarias del servicio son las contempladas en la Resolución de 20 de noviembre de 2024, del director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 243, de 16 de diciembre de 2024, dictada al amparo de lo establecido en la Orden de 16 de enero de 2024, de la consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente que modifica la Orden de 9 de diciembre de 2019, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, donde se indica, en su Disposición Adicional Segunda que: “Se faculta al director o directora competente en materia de Administración Industrial para dictar una Resolución que publique la relación actualizada y consolidada de las tarifas aplicables en materia de Inspección Técnica de Vehículos por los Concesionarios del Servicio, en el ámbito de aplicación de la Comunidad Autónoma del País Vasco”.

Asimismo, la citada Orden de 9 de diciembre de 2019, de la consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras contempla la previsión de que “En caso de no dictarse en su respectiva anualidad orden al respecto, la actualización de las presentes tarifas se efectuará, anualmente, por aplicación de la variación del IPC en base al último índice interanual de octubre. Las tarifas actualizadas se aplicarán a partir del 1 de enero del año siguiente”, introduciendo, por medio de la Orden de 16 de enero de 2024, de la consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, la tarifa por diligencia.

En el marco de todo lo anteriormente expuesto, a la vista de los fundamentos de derecho contemplados y demás de general aplicación, y en virtud de las competencias que me atribuye el artículo 12 del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad,

RESUELVO:

Primero.- Establecer la relación actualizada y consolidada de las tarifas exigibles en el ámbito de la Inspección Técnica de Vehículos por las entidades concesionarias del servicio para el año 2026.

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el viceconsejero de Promoción Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO OMITIDO

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