Operaciones de cierre del ejercicio económico de 2025

 05/12/2025
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Orden de 2 de diciembre de 2025 por la que se modifica la Orden de 14 de octubre de 2025 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2025 y la información a suministrar, en relación con la contabilidad pública y la elaboración de las cuentas anuales (DOE de 4 de diciembre de 2025). Texto completo.

ORDEN DE 2 DE DICIEMBRE DE 2025 POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 14 DE OCTUBRE DE 2025 POR LA QUE SE REGULAN LAS OPERACIONES DE CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2025 Y LA INFORMACIÓN A SUMINISTRAR, EN RELACIÓN CON LA CONTABILIDAD PÚBLICA Y LA ELABORACIÓN DE LAS CUENTAS ANUALES.

Antes de proceder al cierre de la contabilidad del ejercicio 2025, se hace necesaria la tramitación de determinados gastos inaplazables y precisos para el normal funcionamiento de la Administración que no han podido gestionarse en los plazos establecidos en la Orden de 14 de octubre de 2025 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2025 y la información a suministrar, en relación con la contabilidad pública y la elaboración de las cuentas anuales.

En virtud de lo anterior, tengo a bien,

DISPONER:

Único. Modificación de los plazos establecidos en las instrucciones 3.1, 3.2 y 3.3, según corresponda.

Para los expedientes detallados en el anexo, se modifican los plazos establecidos en las instrucciones 3.1, 3.2 y 3.3, según corresponda.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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