Programa de cribado neonatal

 13/11/2025
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Orden SAN/1486/2025, de 27 de octubre, por la que se modifica el anexo de la Orden SAN/1728/2024, de 19 de diciembre, por la que se regula el programa de cribado neonatal en la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 12 de noviembre de 2025). Texto completo.

ORDEN SAN/1486/2025, DE 27 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO DE LA ORDEN SAN/1728/2024, DE 19 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE REGULA EL PROGRAMA DE CRIBADO NEONATAL EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.

La Constitución Española, en su artículo 43, reconoce el derecho a la protección de la salud y encomienda a los poderes públicos la organización y tutela de la salud pública mediante acciones preventivas y prestaciones necesarias. En desarrollo de este mandato, diversas leyes estatales -como la Ley 14/1986, de 25 de abril , General de Sanidad, la Ley 33/2011, de 4 de octubre , General de Salud Pública, y la Ley 16/2003, de 28 de mayo , de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud- regulan la prestación de servicios sanitarios, garantizando la igualdad efectiva en el acceso y la inclusión de programas de cribado poblacional dentro de la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS).

El cribado poblacional, definido como la detección precoz de enfermedades en población asintomática, se organiza de forma protocolizada y evaluada, asegurando su eficiencia, equidad y calidad. El Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre , por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y su procedimiento de actualización, incluye programas de cribado neonatal de enfermedades congénitas diagnosticadas en la prueba del talón. Este programa se ha ido ampliando en función de la evidencia científica disponible, mediante distintas órdenes ministeriales, como la Orden SSI/2065/2014, de 31 de octubre, que incorporó siete enfermedades, y la posterior Orden SND/606/2024, de 13 de junio , que añade cuatro nuevas patologías, además de consolidar programas de cribado neonatal de hipoacusia y cribados prenatales. A su vez, la reciente Orden SND/454/2025, de 9 de mayo, incorpora al programa de cribado neonatal una nueva enfermedad endocrino-metabólica, la tirosinemia tipo I, además del cribado de las cardiopatías congénitas críticas.

En nuestra Comunidad Autónoma, la Ley 6/2002, de 15 de abril , de Salud de Aragón, y la Ley 5/2014, de 26 de junio , de Salud Pública de Aragón, refuerzan la competencia autonómica para desarrollar programas de detección precoz, incluida la aprobación de la cartera de servicios sanitarios mínimos garantizados, llevada a cabo mediante el Decreto 65/2007, de 8 de mayo , y sus órdenes de desarrollo. La Orden de 13 de julio de 2007, del Departamento de Salud y Consumo, reguló el cribado neonatal conforme a la normativa vigente entonces, procediéndose recientemente a una nueva regulación de dicho programa mediante la Orden SAN/1728/2024, de 19 de diciembre .

Con la actualización de la cartera común estatal y la incorporación de nuevas enfermedades y programas de cribado, se hace necesaria la actualización de la Orden SAN/1978/2024, de 19 de diciembre, para garantizar la detección precoz conforme a los principios de equidad, calidad y eficiencia.

En concreto, la atrofia muscular espinal (AME), la inmunodeficiencia combinada grave (IDCG) y la adrenoleucodistrofia ligada al cromosoma X (X-ALD) son enfermedades congénitas detectadas en prueba de talón, que, por su gravedad, por la existencia de tratamientos eficaces si se detectan precozmente y por la posibilidad de detección mediante tecnologías como la espectrometría de masas en tándem o secuenciación genética, son candidatas a su inclusión en los programas de cribado neonatal. El Sistema de Salud de Aragón cuenta con recursos clínicos especializados en la red asistencial para su diagnóstico, tratamiento y seguimiento.

La Dirección General de Salud Pública y la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Planificación, ambas del Departamento de Sanidad, en el ámbito de sus competencias, impulsan esta actualización normativa, ajustándose la presente Orden a los principios de buena regulación establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La tramitación de la presente Orden cuenta con los informes jurídicos preceptivos de la Secretaría General Técnica y de la Dirección General de Servicios Jurídicos.

En virtud de lo expuesto, y en ejercicio de la habilitación normativa contenida en la dispo­sición final primera del Decreto 65/2007, de 8 de mayo , por el que se aprueba la cartera de servicios sanitarios del Sistema de Salud de Aragón, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden SAN/1728/2024, de 19 de diciembre , por la que se regula el programa de criba­do neonatal en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Se modifica el listado del anexo de la Orden, cuyo nuevo contenido figura como anexo a esta Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Anexos

Omitidos.

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