Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras

 03/11/2025
 Compartir: 

Resolución de 20 de octubre de 2025, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la que se modifica dirección electrónica de la sede electrónica (BOE de 3 de noviembre de 2025). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 20 DE OCTUBRE DE 2025, DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LA BAHÍA DE ALGECIRAS, POR LA QUE SE MODIFICA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DE LA SEDE ELECTRÓNICA.

La Resolución de 8 de mayo de 2012 de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras (APBA), por la que se creó la Sede Electrónica de la entidad, estableció, en su artículo 2.2, que la dirección electrónica de su Sede Electrónica sería https://sede.autoridadportuariadelabahíadealgeciras.gob.es.

Para lograr una gestión más eficiente y moderna de los servicios electrónicos ofrecidos por la APBA a sus clientes y proveedores se va a realizar la integración en la plataforma denominada “Acceso de los Ciudadanos a los Expedientes de la Administración” (ACCEDA), siendo necesario para ello la modificación de la dirección de su sede electrónica.

La disposición final primera, letra a), de la antes citada resolución habilita al Presidente de la APBA a adaptar, mediante resolución y entre otros elementos de la sede electrónica, las direcciones electrónicas que figuran en la misma cuando deban modificarse por cualquier causa.

De acuerdo con lo anterior, resuelvo:

1.º Modificar la dirección electrónica de la Sede Electrónica de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, que pasa a ser la siguiente: https://puertodealgeciras.sede.gob.es.

2.º La actual Sede en https://sede.autoridadportuariadelabahiadealgeciras.gob.es permanecerá activa y redirigirá automáticamente a la nueva dirección durante un período de transición de seis (6) meses, desde la publicación de esta resolución en el “Boletín Oficial del Estado”.

3.º La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: El Supremo da la razón a un policía local del Ayuntamiento de Vigo y declara que ha de percibir las retribuciones correspondientes a la prestación de servicios en el turno de noche y en días festivos dentro de la jornada ordinaria de trabajo
  2. Estudios y Comentarios: Las vías para la regularización de las facturas derivadas de la contratación irregular.
  3. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  4. Estudios y Comentarios: El papel de la contratación pública en las materias primas fundamentales: la compra conjunta
  5. Agenda: Curso de Implantación de la Inteligencia Artificial en las Administraciones Públicas
  6. Actualidad: La IA aplicada a la Administración pública puede mejorar los servicios públicos, facilitando su gestión y su uso por la ciudadanía
  7. Legislación: IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado
  8. Tribunal Supremo: La regulación de la reserva de los contratos públicos o de algún lote de los mismos a favor de los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social no vulnera los principios de proporcionalidad y de igualdad de trato entre licitadores
  9. INAP: Publicado un nuevo número de la REALA
  10. Legislación: Subvenciones destinadas a la promoción de los senderos homologados en los municipios en riesgo de despoblamiento de la Comunitat Valenciana

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana