Convalidación del Decreto-ley 6/2025

 31/10/2025
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Resolución de 24 de octubre de 2025, de la Presidencia de la Asamblea de Extremadura, por la que se ordena la publicación de la convalidación del Decreto-ley 6/2025, de 18 de septiembre, de ayudas urgentes al alumnado con derecho a transporte escolar, matriculado en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se vea afectado por la falta de prestación de dicho servicio durante el inicio del curso escolar 2025/2026 (DOE de 30 de octubre de 2025). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 24 DE OCTUBRE DE 2025, DE LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA DE EXTREMADURA, POR LA QUE SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE LA CONVALIDACIÓN DEL DECRETO-LEY 6/2025, DE 18 DE SEPTIEMBRE, DE AYUDAS URGENTES AL ALUMNADO CON DERECHO A TRANSPORTE ESCOLAR, MATRICULADO EN CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, QUE SE VEA AFECTADO POR LA FALTA DE PRESTACIÓN DE DICHO SERVICIO DURANTE EL INICIO DEL CURSO ESCOLAR 2025/2026.

El Pleno de la Asamblea de Extremadura, en sesión celebrada el día 23 de octubre de 2025, ha debatido el Decreto-ley 6/2025, de 18 de septiembre, de ayudas urgentes al alumnado con derecho a transporte escolar, matriculado en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se vea afectado por la falta de prestación de dicho servicio durante el inicio del curso escolar 2025/2026, que fue aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en reunión de 18 de septiembre de 2025 y remitido a la Cámara para su tramitación parlamentaria.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 33 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, reformado por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero , y en el artículo 192 del Reglamento de la Cámara, el Pleno de la Asamblea de Extremadura ha convalidado el texto presentado por la Junta de Extremadura, que fue publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 183, de 23 de septiembre de 2025 y, a continuación, la Presidenta ha sometido a votación su tramitación como Proyecto de Ley, a solicitud del Grupo Parlamentario Socialista (PSOE), del Grupo Parlamentario Unidas por Extremadura (Podemos-IU-AV) y del Grupo Parlamentario VOX Extremadura, aprobándose.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 119.2 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Extremadura.

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