Sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 6 de octubre de 2025

 17/10/2025
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Sentencia de 6 de octubre de 2025, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que desestima el recurso contencioso-administrativo 627/2024, interpuesto por la representación procesal del Sindicato Metges de Catalunya contra el Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria (BOE de 17 de octubre de 2025). Texto completo.

SENTENCIA DE 6 DE OCTUBRE DE 2025, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, QUE DESESTIMA EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO 627/2024, INTERPUESTO POR LA REPRESENTACIÓN PROCESAL DEL SINDICATO METGES DE CATALUNYA CONTRA EL REAL DECRETO 610/2024, DE 2 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE EL TÍTULO DE MÉDICA/O ESPECIALISTA EN MEDICINA DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS Y SE ACTUALIZAN DIVERSOS ASPECTOS EN LA FORMACIÓN DEL TÍTULO DE MÉDICA/O ESPECIALISTA EN MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA.

En el recurso contencioso-administrativo 627/2024, interpuesto por la representación procesal del Sindicato Metges de Catalunya contra el Real Decreto 610/2024, de 2 de julio , por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia el 6 de octubre de 2025 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución , esta Sala ha decidido:

1.º Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal del Sindicato Metges de Catalunya contra el Real Decreto 610/2024, de 2 de julio , por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria.

2.º En cuanto a las costas, estese a lo razonado en el fundamento de Derecho noveno de esta sentencia.

3.º Publíquese la parte dispositiva de esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

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