Ayudas a las actuaciones de señalización y comunicación accesible en edificios y establecimientos existentes de titularidad pública o privada

 08/10/2025
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Extracto de la convocatoria del Programa 4 de ayudas a las actuaciones de señalización y comunicación accesible en edificios y establecimientos existentes de titularidad pública o privada de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio económico 2025 (DOE de 7 de octubre de 2025). Texto completo.

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA 4 DE AYUDAS A LAS ACTUACIONES DE SEÑALIZACIÓN Y COMUNICACIÓN ACCESIBLE EN EDIFICIOS Y ESTABLECIMIENTOS EXISTENTES DE TITULARIDAD PÚBLICA O PRIVADA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2025.

BDNS(Identif.): 859970

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo , de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es.

Primero. Objeto y finalidad.

La convocatoria para este Programa 4, tiene por objeto la concesión de ayudas por el procedimiento de concurrencia competitiva para la mejora o implementación de la señalización y comunicación accesible en edificios de titularidad pública o privada. Quedan excluidos los edificios de uso residencial, salvo los que ubiquen establecimientos que ofrezcan servicios para el público en general.

Segundo. Personas beneficiarias y requisitos para la percepción de la ayuda.

De acuerdo con lo señalado en el artículo 5, apartado 4.2 del decreto de bases reguladoras por el que se establecen las bases reguladoras y en consonancia con lo regulado en el artículo 2 del mismo, podrán ser entidades beneficiarias:

a) Los municipios y las entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

b) Empresas privadas con domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

c) Entidades con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Tercero. Bases reguladoras.

Decreto 106/2025, de 26 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Sociales destinadas a fomentar la adaptación de espacios públicos urbanizados de titularidad pública y edificios o establecimientos de titularidad pública o privada, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura a la normativa vigente en materia de accesibilidad y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio 2025.

Cuarto. Financiación y cuantía.

El importe del crédito destinado a esta convocatoria es de novecientos sesenta mil euros (960.000 euros) financiado con fondos Comunidad Autónoma, con cargo a la siguiente ampliaciones presupuestarias y programas de financiación:

110080000/G/262A/76000/CAG0000001/20120187,

110080000/G/262A/77000/CAG0000001/20120187,

110080000/G/262A/78000/CAG0000001/20120187, Accesibilidad en edificios y espacios públicos, presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2026.

2. Este crédito presupuestario se distribuirá entre las distintas anualidades y aplicaciones económicas de la siguiente forma:

Tabla omitida.

3. La intensidad de la ayuda será del 100% hasta un límite de 3.000 €.

En el caso que la solicitud objeto de este programa contenga varios tipos de actuaciones la cuantía de la ayuda será la suma de las cuantías correspondientes a cada tipo.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 3 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) del presente decreto y del extracto al que se refiere el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

De conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico (https://www.juntaex.es/w/0705624), o bien en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

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