Subvenciones destinadas a entidades locales para el desarrollo de actividades de aprendizaje permanente en el marco de la educación de personas adultas

 01/10/2025
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Extracto de la Orden EDU/75/2025, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades locales para el desarrollo de actividades de aprendizaje permanente en el marco de la educación de personas adultas en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOCA de 30 de septiembre de 2025). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN EDU/75/2025, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE PERMANENTE EN EL MARCO DE LA EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.

BDNS (Identif.): 858803.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/858803).

Primero. Entidades beneficiarias.

Entidades locales de Cantabria de hasta 8.000 habitantes.

No podrán tener la condición de beneficiarias aquellas entidades locales incursas en algunos de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Segundo. Objeto.

Colaborar en el desarrollo de actividades formativas de aprendizaje permanente en el marco de la educación de personas adultas en la Comunidad Autónoma de Cantabria que se realicen en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de junio de 2026.

Tercero. Bases Reguladoras.

Las bases por las que se regula la presente convocatoria se encuentran recogidas en la Orden EDU/53/2025, de 2 de septiembre, por la que se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales para el desarrollo de actividades de aprendizaje permanente en el marco de la educación de las personas adultas en la Comunidad Autónoma de Cantabria, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria el 9 de septiembre de 2025 (BOC núm. 173).

Cuarto. Cuantía.

El importe máximo a conceder en esta convocatoria, será de 116.000 €, que se imputarán por importe de 46.400 € para el año 2025 y 69.600 € para el año 2026.

El importe máximo que se puede percibir por proyecto individualmente considerado es de 4.000 euros. No obstante, en ningún caso la ayuda concedida superará el coste de la actividad subvencionada.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del presente extracto.

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