Plantilla orgánica de la Administración

 01/09/2025
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Decreto Foral 95/2025, de 27 de agosto, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (BON de 29 de agosto de 2025). Texto completo.

DECRETO FORAL 95/2025, DE 27 DE AGOSTO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

El Departamento de Educación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informa de la necesidad de crear plazas de plantilla orgánica de personal docente no universitario con el fin de incorporarlas a la oferta pública de empleo de 2025.

Existe informe de la Dirección General de Presupuestos y Patrimonio del Departamento de Economía y Hacienda.

En su virtud, a propuesta de la consejera de Interior, Función Pública y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintisiete de agosto de dos mil veinticinco,

DECRETO:

Artículo único. Creación de plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Se crean las plazas de la plantilla orgánica que se relacionan seguidamente:

Departamento de Educación

Dirección General de Personal e Infraestructuras.

-Ciento ochenta y dos vacantes de profesor/a de enseñanza secundaria, de régimen funcionarial, nivel A, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 40507, 40508, 40509, 40510, 40511, 40512, 40513, 40514, 40515, 40516, 40517, 40518, 40519, 40520, 40521, 40522, 40523, 40524, 40525, 40526, 40527, 40528, 40529, 40530, 40531, 40532, 40533, 40534, 40535, 40536, 40537, 40538, 40539, 40540, 40541, 40542, 40543, 40544, 40545, 40546, 40547, 40548, 40549, 40550, 40551, 40552, 40553, 40554, 40555, 40556, 40557, 40558, 40559, 40560, 40561, 40562, 40563, 40564, 40565, 40566, 40567, 40568, 40569, 40570, 40571, 40572, 40573, 40574, 40575, 40576, 40577, 40578, 40579, 40580, 40581, 40582, 40583, 40584, 40585, 40586, 40587, 40588, 40589, 40590, 40591, 40592, 40593, 40594, 40595, 40596, 40597, 40598, 40599, 40600, 40601, 40602, 40603, 40604, 40605, 40606, 40607, 40608, 40609, 40610, 40611, 40612, 40613, 40614, 40615, 40616, 40617, 40618, 40619, 40620, 40621, 40622, 40623, 40624, 40625, 40626, 40627, 40628, 40629, 40630, 40631, 40632, 40633, 40634, 40635, 40636, 40637, 40638, 40639, 40640, 40641, 40642, 40643, 40644, 40645, 40646, 40647, 40648, 40649, 40650, 40651, 40652, 40653, 40654, 40655, 40656, 40657, 40658, 40659, 40660, 40661, 40662, 40663, 40664, 40665, 40666, 40667, 40668, 40669, 40670, 40671, 40672, 40673, 40674, 40675, 40676, 40677, 40678, 40679, 40680, 40681, 40682, 40683, 40684, 40685, 40686, 40687 y 40688.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.-Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta a la consejera de Interior, Función Pública y Justicia para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución del presente decreto foral.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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