Incentivos de transición justa en la provincia de Cádiz para el proyecto tractor “Hub aeronáutico net zero Jerez”

 22/08/2025
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Resolución de 14 de agosto de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, de modificación del extracto de la Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Cádiz para el proyecto tractor “Hub aeronáutico net zero Jerez” (BOJA núm. 67, de 8 de abril de 2025) (BOJA de 21 de agosto de 2025). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 14 DE AGOSTO DE 2025, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE INDUSTRIA Y MINAS, DE MODIFICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 31 DE MARZO DE 2025, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE INDUSTRIA Y MINAS, POR LA QUE SE CONVOCAN LOS INCENTIVOS DE TRANSICIÓN JUSTA EN LA PROVINCIA DE CÁDIZ PARA EL PROYECTO TRACTOR “HUB AERONÁUTICO NET ZERO JEREZ” (BOJA NÚM. 67, DE 8 DE ABRIL DE 2025).

En el apartado sexto del extracto de la Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas de la Consejería de Industria, Energía y Minas, publicada en el BOJA núm. 67, de 8 de abril de 2025, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Cádiz para el proyecto tractor “Hub aeronáutico net zero Jerez”, se establece un plazo de presentación de solicitudes de incentivos para todas las tipologías de proyectos de 4 meses, iniciándose en 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOJA.

El artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que, salvo precepto en contrario, podrá acordarse, de oficio, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.

De acuerdo con esta facultad y a fin de facilitar que las entidades potencialmente participantes puedan preparar y formular adecuadamente sus solicitudes, teniendo en cuenta además la complejidad de los proyectos que se pueden presentar, se entiende que concurren circunstancias suficientes que aconsejan ampliar el plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria de ayudas.

Por tanto, a la vista de la modificación propuesta y con el objeto de garantizar la concurrencia se considera necesaria la ampliación en 1 mes del plazo para la presentación de solicitudes,

RESUELVO

Modificación del apartado “Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes”, en los siguientes términos:

“El plazo de presentación de las solicitudes de incentivos para todas las tipologías de proyectos será de 5 meses, y se iniciará en el plazo de 15 días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación en BOJA de esta convocatoria, debiendo resultar inadmitidas aquellas solicitudes que sean presentadas fuera de dicho plazo”.

Todo ello, a la vista de lo anterior y en uso de las competencias conferidas por Decreto del Presidente 6/2004, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 171/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 163/2022, de 9 de agosto , por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, donde se atribuyen a la Secretaría General de Industria y Minas las competencias en la gestión de incentivos para la transición justa.

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