Prevención y extinción de incendios forestales

 28/07/2025
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Orden MAV/812/2025, de 18 de julio, por la que se modifica la Orden MAV/914/2024, de 10 de septiembre, por la que se determina el riesgo potencial, el número y cuantía retributiva de las guardias, el régimen de exenciones y el procedimiento de selección para el personal que ha de participar en el operativo de prevención y extinción de incendios forestales de Castilla y León (BOCYL de 24 de julio de 2025). Texto completo.

ORDEN MAV/812/2025, DE 18 DE JULIO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN MAV/914/2024, DE 10 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE DETERMINA EL RIESGO POTENCIAL, EL NÚMERO Y CUANTÍA RETRIBUTIVA DE LAS GUARDIAS, EL RÉGIMEN DE EXENCIONES Y EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA EL PERSONAL QUE HA DE PARTICIPAR EN EL OPERATIVO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES DE CASTILLA Y LEÓN.

Por Orden MAV/798/2023, de 20 de junio se determinó el riesgo potencial, el número y cuantía retributiva de las guardias, el régimen de exenciones y el procedimiento de selección para el personal que ha de participar en el operativo de prevención y extinción de incendios forestales de Castilla y León. En dicha orden se establecían, entre otras cuestiones las cuantías retributivas del personal que interviene en el operativo de prevención y extinción de incendios forestales.

Posteriormente, mediante Orden MAV/812/2024, de 9 de agosto se modificó la citada orden para adecuar las cuantías retributivas a lo establecido en la Orden PRE/1208/2023, de 20 de octubre, por la que se publican las retribuciones del personal al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos para el año 2023, en aplicación del incremento retributivo del 0,5% establecido por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre , de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y la Orden PRE/173/2024, de 4 de marzo, por la que se publican las retribuciones del personal al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos para el año 2023, en aplicación del incremento retributivo del 0,5% establecido por el artículo 19.dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, relativo al incremento del PIB.

Mediante Orden MAV/914/2024, de 10 de septiembre, se determinó el riesgo potencial, el número y cuantía retributiva de las guardias, el régimen de exenciones y el procedimiento de selección para el personal que ha de participar en el operativo de prevención y extinción de incendios forestales de Castilla y León, no obstante, en la misma no se pudo incluir el incremento retributivo del 2 % aprobado por la Orden PRE/696/2024, de 9 de julio, por cuanto dicho incremento requería de un desarrollo normativo específico y adaptación presupuestaria posterior que, por razones de procedimiento y plazos administrativos, no pudo ser incorporado en el momento de la publicación de la orden, sin perjuicio de su aplicación una vez se cumplan los trámites necesarios.

Para adecuar las cuantías retributivas de las gratificaciones por guardias de incendios forestales para el año 2024, establecidas en el Anexo II de la citada Orden MAV/914/2024, de 10 de septiembre, al vigente régimen retributivo del personal al servicio del sector público, se precisa su modificación.

La tramitación de esta norma se ha llevado a cabo de acuerdo con los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En virtud de los principios de necesidad, eficacia y eficiencia, mediante esta orden se da cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 89/2004, de 29 de julio, por el que se establece el Operativo de lucha contra incendios forestales de Castilla y León y se regula el sistema de guardias, garantizando la mejor satisfacción del interés general en un servicio esencial como es la prevención y extinción de incendios forestales y la racionalización de la gestión de los recursos públicos.

En relación con el principio de coherencia la orden es compatible con el resto de las actuaciones y objetivos de las políticas públicas, en tanto que contribuye a la organización del personal del operativo de prevención y extinción de incendios forestales.

En relación con el principio de accesibilidad, la norma es clara, comprensible y conocida por sus destinatarios a través de su publicación en el Boletín Oficial.

En cuanto al principio de responsabilidad, la orden identifica los órganos que resultan competentes para cada actuación administrativa, así como los procedimientos que deberán garantizarse en todo caso.

En virtud del principio de proporcionalidad, se incluye la regulación imprescindible para la actualización de la cuantía de la compensación económica de las guardias.

En consonancia con el principio de seguridad jurídica, la norma es coherente con el resto del ordenamiento jurídico mencionado.

Respecto al principio de transparencia y dado el carácter meramente organizativo de la norma, resulta de aplicación el artículo 133.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común cuando establece que “podrá prescindirse del trámite de consulta, audiencia e información pública previstos en este artículo en el caso de normas presupuestarias u organizativas”.

En la tramitación de esta orden, se ha recabado informe de la Dirección General de Presupuestos, Fondos Europeos y Estadística de la Consejería de Economía y Hacienda.

En consecuencia, vistas las competencias otorgadas a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio por el Decreto 1/2022, de 19 de abril , del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías y las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden MAV/914/2024, de 10 de septiembre, por la que se determina el riesgo potencial, el número y cuantía retributiva de las guardias, el régimen de exenciones y el procedimiento de selección para el personal que ha de participar en el operativo de prevención y extinción de incendios forestales de Castilla y León.

Se modifica el Anexo II de la Orden MAV/914/2024, de 10 de septiembre, por la que se determina el riesgo potencial, el número y cuantía retributiva de las guardias, el régimen de exenciones y el procedimiento de selección para el personal que ha de participar en el operativo de prevención y extinción de incendios forestales de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos:

Tabla omitida.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

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