Estrategia Nacional de Lucha Contra la Desertificación

 22/07/2025
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Orden TED/776/2025, de 8 de julio, por la que se actualiza la Estrategia Nacional de Lucha Contra la Desertificación en los términos previstos en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y se aprueba su Plan de Implementación para el periodo comprendido entre 2025 y 2027 (BOE de 22 de julio de 2025). Texto completo.

ORDEN TED/776/2025, DE 8 DE JULIO, POR LA QUE SE ACTUALIZA LA ESTRATEGIA NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACIÓN EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN LA LEY 43/2003, DE 21 DE NOVIEMBRE, DE MONTES, Y SE APRUEBA SU PLAN DE IMPLEMENTACIÓN PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE 2025 Y 2027.

La desertificación es uno de los mayores problemas ambientales a escala global y fue uno de los primeros en ser reconocido en el ámbito internacional. La culminación de este reconocimiento fue la promulgación el 17 de junio de 1994 de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (en adelante, CNULD) en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África, instrumento derivado de la Conferencia de Naciones Unidas de Desarrollo y Medio Ambiente, celebrada en Río de Janeiro en 1992, que entró en vigor el 26 de diciembre de 1996 y cuya ratificación por el Reino de España fue publicada en el “Boletín Oficial del Estado” el 11 de febrero de 1997.

La CNULD, que tiene como objetivo “luchar contra la desertificación y mitigar los efectos de la sequía en los países afectados por sequía grave o desertificación”, establece la aplicación de estrategias integradas que a largo plazo mantengan y mejoren la productividad de las tierras, conserven y hagan un uso sostenible de los recursos suelo y agua y restauren las zonas degradadas por procesos de desertificación. Todo ello con objeto de promover un desarrollo sostenible de las zonas afectadas y la mejora de las condiciones de la población que viven en ellas.

Más recientemente España, junto con Senegal, han liderado la puesta en marcha de la Alianza Global para la Resiliencia a la Sequía (IDRA, por sus siglas en inglés), cuya labor está en consonancia con el mandato de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CNULD), que alberga la Secretaría de la IDRA y apoya su cometido, siendo la IDRA la primera coalición mundial que moviliza capital político, financiero y técnico para un futuro resiliente a la sequía.

En directa conexión con la implementación en España de los compromisos derivados de la CNULD, la Ley 43/2003, de 21 de noviembre , de Montes, estableció en su artículo 7.2.a).3 la figura del Programa de Acción Nacional contra la Desertificación, que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 de ese mismo texto legal debía ser aprobado por el entonces Ministerio de Medio Ambiente, en colaboración con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y con las Comunidades Autónomas.

La Orden ARM/2444/2008, de 12 de agosto, por la que se aprueba el Programa de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación en cumplimiento de la Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación , dio respuesta a ambas necesidades. Por un lado, dando cumplimiento a los compromisos asumidos por España en la CNLUD y, por otro, ajustándose a lo establecido en los artículos 7 y 41 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre.

Con posterioridad, el Gobierno de España aprobó el 21 de enero de 2020, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, la Declaración ante la Emergencia Climática y Ambiental de España, por la que se comprometió a elaborar una Estrategia de Lucha contra la Desertificación en el marco del fortalecimiento de las sinergias con las políticas de desarrollo rural, de protección de la biodiversidad y reconocimiento de servicios ambientales, con el impulso de las oportunidades de la transición energética y las energías renovables para generar nuevo empleo verde, así como con las actuaciones diseñadas en el marco de la estrategia frente a la despoblación y el reto demográfico.

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye, dentro de su Componente 4 “Conservación y Restauración de Ecosistemas y su Biodiversidad”, la Reforma 4 (C4.R4): “Lucha contra la desertificación”. Esta reforma tiene por objeto contribuir a la protección, conservación y mejora del capital natural, centrándose en las zonas áridas, semiáridas y subhúmedas secas, y minimizar la degradación de las tierras. Para contribuir a ese objetivo, plantea en su hito L12, entre otras acciones, la “Adopción de la Estrategia Nacional de Lucha contra la Desertificación y del Plan de Acción asociado”.

Dando respuesta a los compromisos derivados de la Declaración ante la Emergencia Climática y Ambiental aprobada el 21 de enero de 2020, y de la Reforma 4 (C4.R4) del Plan de Recuperación y Resiliencia, se presentó en el Consejo de Ministros el 21 de junio de 2022 la Estrategia Nacional de Lucha contra la Desertificación (en adelante, ENLD), que se configura como el instrumento de planificación básico y de coordinación de las políticas, iniciativas y acciones destinadas a luchar contra la desertificación y la degradación de las tierras en España.

La ENLD, cuya presentación en Consejo de Ministros fue precedida de un amplio elenco de consultas dirigidas a todos los departamentos ministeriales, las comunidades autónomas y entidades de la sociedad civil, se configura por tanto, tal y como reflejan los artículos 7 y 41 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, como un nuevo Programa de Acción Nacional contra la Desertificación. Por ello, con la finalidad de ofrecer la suficiente seguridad jurídica respecto al marco regulatorio aplicable en materia de lucha contra la desertificación, procediendo a establecer una inequívoca relación de identidad formal entre la ENLD y el Programa de Acción Nacional contra la Desertificación regulado en el artículo 7 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, resulta necesario actualizar dicha Estrategia en los términos previstos en el artículo 41 de ese texto legal, y declarar también, de forma expresa, la pérdida de eficacia de la Orden ARM/2444/2008, de 12 de agosto. Por otro lado, con la intención de definir con mayor precisión el modelo de aplicación de la ENLD para un periodo de tiempo determinado, resulta igualmente necesario aprobar su Plan de Implementación para el periodo comprendido entre 2025 y 2027.

Ambos instrumentos, Estrategia y Plan de Implementación, contribuyen, además, al cumplimiento del hito L12 asociado a la Reforma 4 del Componente 4 (C4.R4) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Para la elaboración de esta orden, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, se ha posibilitado la participación activa de sus potenciales destinatarios mediante la realización del trámite de audiencia e información pública, se ha solicitado informe a los departamentos ministeriales afectados, y han sido consultados el Consejo Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y la Comisión Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

En virtud de todo lo anterior, dispongo:

Primero.

Actualizar la Estrategia Nacional de Lucha contra la Desertificación mediante su aprobación en los términos previstos en los artículos 7 y 41.1 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, que se incorpora como anexo I.

Segundo.

Aprobar el Plan de Implementación de la Estrategia Nacional de Lucha contra la desertificación para el periodo comprendido entre 2025 y 2027, que se incorpora como anexo II.

Tercero.

El contenido íntegro de los anexos I y II de esta orden ministerial estará disponible en la siguiente dirección electrónica:

https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/desertificacion-restauracion/lucha-contra-la-desertificacion/enld.html

Cuarto.

Declarar la pérdida de eficacia de la Orden ARM/2444/2008, de 12 de agosto, por la que se aprueba el Programa de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación en cumplimiento de la Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación .

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