Entrada en vigor del Convenio entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania relativo a la asistencia a personas detenidas y al traslado de personas condenadas

 21/07/2025
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Entrada en vigor del Convenio entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania relativo a la asistencia a personas detenidas y al traslado de personas condenadas, hecho en Madrid el 12 de septiembre de 2006 (BOE de 21 de julio de 2025). Texto completo.

ENTRADA EN VIGOR DEL CONVENIO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA ISLÁMICA DE MAURITANIA RELATIVO A LA ASISTENCIA A PERSONAS DETENIDAS Y AL TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS, HECHO EN MADRID EL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2006.

El Convenio entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania relativo a la asistencia a personas detenidas y al traslado de personas condenadas, hecho en Madrid el 12 de septiembre de 2006, entrará en vigor el 1 de septiembre de 2025, el primer día del segundo mes siguiente a la fecha de la última notificación de cumplimiento de las formalidades constitucionales en cada uno de ambos Estados, según se establece en su artículo 21.

Se completa así la inserción efectuada en el “Boletín Oficial del Estado” número 267, de 8 de noviembre de 2006.

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