LEY FORAL 10/2025, DE 1 DE JULIO, DE CONCESIÓN DE SUPLEMENTOS DE CRÉDITO POR IMPORTE TOTAL DE 3.657.469,68 EUROS Y DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO POR IMPORTE DE 127.260,00 EUROS EN VARIOS DEPARTAMENTOS DEL GOBIERNO DE NAVARRA EN EL PRESUPUESTO DE 2025.
PREÁMBULO
Los Departamentos de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo; Universidad, Innovación y Transformación Digital; Educación; y Cultura, Deporte y Turismo remiten informes acerca de la necesidad de atender varios gastos en 2025, para los que no existe crédito en partida presupuestaria adecuada o el consignado es insuficiente, para atender compromisos que no pueden demorarse al ejercicio siguiente.
La Ley Foral 13/2007, de 4 de abril , de la Hacienda Pública de Navarra, dispone en su artículo 48 párrafo primero que, cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto vigente algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y no exista en él crédito, o bien el consignado sea insuficiente y no pueda incrementarse conforme a las disposiciones contenidas en esta ley foral, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, remitirá al Parlamento de Navarra un proyecto de Ley Foral de concesión de un crédito extraordinario, en el primer caso, o de suplemento de crédito, en el segundo.
Asimismo, en su párrafo segundo dispone que el suplemento de crédito y el crédito extraordinario podrán financiarse con otros créditos disponibles de cualquier programa de gasto, incluso provenientes de créditos específicamente aprobados por el Parlamento como consecuencia de enmiendas o de disposiciones de esta ley foral, con cargo a mayores ingresos reales o previsibles en el mismo ejercicio económico o con cargo a la aplicación del remanente de tesorería afecto a la realización del gasto que lo origine.
Artículo 1. Concesión de un suplemento de crédito en el Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo.
Tablas omitidas.
Artículo 2. Concesión de un suplemento de crédito en el Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital.
Se concede un suplemento de crédito por importe de 270.000,00 euros en el ejercicio 2025 para atender necesidades de financiación de la Fundación BAI: desarrollo de la robótica e industrialización de la construcción y la arquitectura.
Tablas omitidas.
Artículo 3. Concesión de un suplemento de crédito en el Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital.
Se concede un suplemento de crédito por importe de 1.200.000,00 euros en el ejercicio 2025 para atender necesidades de financiación para la aportación de fondos a la Fundación CENER para proyectos e inversiones en I+D+i.
Tablas omitidas.
Artículo 4. Concesión de crédito extraordinario.
Se concede crédito extraordinario por importe de 127.260,00 euros en el Presupuesto para 2025 para atender necesidades de financiación de varios Departamentos del Gobierno de Navarra.
Tablas omitidas.
Disposición final única.-Entrada en vigor.
La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
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